San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250304-74)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 53

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo aprobado el 27 de diciembre de 2024, por Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones juveniles y colectivos y grupos de jóvenes para la realización de proyectos de interés juvenil
(programa de presupuestos participativos) 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen
por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a asociaciones juveniles y
grupos de jóvenes para el desarrollo de proyectos de actividades dirigidas a jóvenes de San
Sebastián de los Reyes con edades comprendidas entre 14 y 30 años que deberán respetar
los principios constitucionales.
Segundo. Dotación presupuestaria.—La cuantía destinada a la concesión de subvenciones a asociaciones juveniles y grupos de jóvenes para el desarrollo de proyectos de actividades dirigidas a jóvenes de San Sebastián de los Reyes con edades comprendidas entre 14
y 30 años asciende a 12.000 euros.
Tercero. Régimen jurídico.—Las ayudas que se convocan tienen carácter de subvención.
Se engloban dentro del marco jurídico de la Ley General de Subvenciones, así como
el Real Decreto 887/2006, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de septiembre de 2004, las presentes
bases reguladoras y cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten
de aplicación.
Cuarto. Cuantía de las ayudas.—Para cada uno de los tres períodos de la convocatoria que se establecen, se asignará una cuantía de 4.000 euros, pudiéndose aumentar dicho
importe para cada período, siempre que exista disponibilidad de crédito. Así mismo de no
ser consumido el crédito con los proyectos presentados en cada uno de los tres períodos, la
cuantía sobrante se acumulará para el siguiente período. El importe económico necesario
para hacer frente a los compromisos de gasto fijados se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria 007 3371 y 489 del presupuesto prorrogado de 2024 en 2025, o en el
presupuesto aprobado de 2025.
Quinto. Beneficiarios/as.—Podrán solicitar subvenciones con cargo a las presentes
bases reguladoras las siguientes entidades o grupos:
— Asociaciones juveniles que tengan sede en San Sebastián de los Reyes y estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro municipal de asociaciones.
— Personas físicas residentes en San Sebastián de los Reyes que figuren como solicitantes de la subvención objeto del proyecto presentado, cuya edad esté comprendida entre 18 y 30 años que pertenezcan a un grupo de al menos 4 jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y los 30 años cuya identidad quede acreditada
mediante documento nacional de identidad constando dichos datos personales en
la solicitud en la que solo figurará un solicitante que será el beneficiario de la subvención. Cada grupo deberá estar compuesto de al menos cuatro personas, no pudiendo pertenecer un mismo joven a más de un grupo. Solo se podrá presentar una
solicitud por persona física.
— Secciones juveniles de otras entidades legalmente constituidas y registradas en
San Sebastián de los Reyes.

BOCM-20250304-74

BDNS (Identif.): 816383