Las Rozas de Madrid (BOCM-20250304-63)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
Pág. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio del extracto de las bases para el otorgamiento de subvenciones para la concesión de prestaciones económicas de destinadas a actividades de ocio y tiempo libre durante
el período estival en Las Rozas de Madrid.
BDNS (Identif.): 816754
BOCM-20250304-63
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/816754 ).
Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas
económicas para sufragar el coste del servicio de campamentos de verano 2025 durante el
período de vacaciones escolares del 23 de junio a 5 de septiembre o la fecha previa al día
de inicio del curso 2025-2026, según el calendario escolar aprobado y publicado por la Comunidad Madrid.
Segundo. Beneficiarios.—Las ayudas van destinadas a menores nacidos entre 2011
y 2021, empadronados y residentes en las Rozas de Madrid con anterioridad a la publicación de las presentes bases.
Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 21 de febrero de 2025, publicadas
en: https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales/ayudas .
Cuarto. Crédito presupuestario.—Las subvenciones que se concedan al amparo de
esta convocatoria se imputarán al Programa y Partida de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales dentro del estado de gastos del presupuesto vigente, siendo la cuantía total
máxima para esta convocatoria de 2024, de 14.000 euros.
Quinto. Cuantía de las ayudas.—El importe de las ayudas concedidas será como
máximo del 90 % de coste total del servicio, no superando dicha cuantía el máximo de 810
euros por menor.
Sexto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—Las solicitudes se
dirigirán a la concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Las Rozas de
Madrid y se podrán presentar de manera telemática, a través del trámite personalizado en la
Sede electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, www.sede.lasrozas.es , y de
manera presencial en cualquiera de las Oficinas de Atención en Materia de Registro
(OAMR), además de lo regulado, para otros supuestos, en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—El plazo de presentación
de solicitudes será de 15 días naturales desde el día siguiente a la Publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Las Rozas de Madrid, a 25 de febrero de 2025.—La concejal de Familia y Servicios
Sociales, Ruth Agra Sierra.
(03/2.994/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 53
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Pág. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio del extracto de las bases para el otorgamiento de subvenciones para la concesión de prestaciones económicas de destinadas a actividades de ocio y tiempo libre durante
el período estival en Las Rozas de Madrid.
BDNS (Identif.): 816754
BOCM-20250304-63
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/816754 ).
Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas
económicas para sufragar el coste del servicio de campamentos de verano 2025 durante el
período de vacaciones escolares del 23 de junio a 5 de septiembre o la fecha previa al día
de inicio del curso 2025-2026, según el calendario escolar aprobado y publicado por la Comunidad Madrid.
Segundo. Beneficiarios.—Las ayudas van destinadas a menores nacidos entre 2011
y 2021, empadronados y residentes en las Rozas de Madrid con anterioridad a la publicación de las presentes bases.
Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 21 de febrero de 2025, publicadas
en: https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales/ayudas .
Cuarto. Crédito presupuestario.—Las subvenciones que se concedan al amparo de
esta convocatoria se imputarán al Programa y Partida de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales dentro del estado de gastos del presupuesto vigente, siendo la cuantía total
máxima para esta convocatoria de 2024, de 14.000 euros.
Quinto. Cuantía de las ayudas.—El importe de las ayudas concedidas será como
máximo del 90 % de coste total del servicio, no superando dicha cuantía el máximo de 810
euros por menor.
Sexto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—Las solicitudes se
dirigirán a la concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Las Rozas de
Madrid y se podrán presentar de manera telemática, a través del trámite personalizado en la
Sede electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, www.sede.lasrozas.es , y de
manera presencial en cualquiera de las Oficinas de Atención en Materia de Registro
(OAMR), además de lo regulado, para otros supuestos, en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—El plazo de presentación
de solicitudes será de 15 días naturales desde el día siguiente a la Publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Las Rozas de Madrid, a 25 de febrero de 2025.—La concejal de Familia y Servicios
Sociales, Ruth Agra Sierra.
(03/2.994/25)
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