Madrid (BOCM-20250304-49)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 53

Tampoco podrán tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Tercero. Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley; la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y, finalmente, en todos
aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.
Cuarto. Cuantía
La dotación de la beca será de 6.000,00 euros, correspondiendo 1.500,00 euros a cada
uno de los cuatro meses de trabajo. De dicho importe se efectuarán las correspondientes retenciones de IRPF y Seguridad Social en el momento del pago.
Quinto. Plazo presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente a aquél en que se publique el anuncio del extracto de la presente convocatoria en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Duración
La duración de la beca será de cuatro meses ininterrumpidos. El período de disfrute
empezará el primer día natural del mes siguiente al de la publicación en la sede electrónica
del decreto de concesión.

Junto con el formulario de solicitud deberá entregarse la siguiente documentación técnica:
a) Currículum vitae, con una extensión máxima de 3 páginas en formato DIN A4.
Se especificarán exclusivamente: títulos académicos oficiales; becas posdoctorales y participaciones en proyectos de investigación sobre temas relacionados con
la beca; publicaciones académicas sobre temas relacionados con la beca; experiencia profesional en los ámbitos de trabajo a que se refiere la beca con indicación expresa del número de meses.
b) Plan de trabajo, que incluirá una descripción general de la investigación propuesta, objetivos a cumplir, detalle de las tareas del proyecto y calendario a lo largo de
los cuatro meses previstos de duración de la beca.
Su extensión no será superior a 6 páginas en total en formato DIN A4, con cuerpo
de letra no inferior a 10.
c) Acreditación documental de los méritos especificados en el currículum vitae: Se
adjuntarán los certificados o, en su defecto, la justificación documental de los méritos reseñados. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. En el caso de la experiencia profesional, cuando el certificado aportado no incluya expresamente el número de meses, se considerará automáticamente que la
duración fue de 1 mes. Cuando el período venga indicado en días en vez de meses, se redondeará la cifra hacia arriba, es decir, como si la persona interesada hubiera cumplido un mes entero de trabajo.
No será necesario acreditar los títulos oficiales universitarios cuando hayan sido
emitidos por una universidad española, salvo que la persona interesada se oponga
a su consulta por el Ayuntamiento.
d) De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 13 de septiembre de 2018 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices
para la aplicación de la transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid,
se aportará también un compromiso explícito con la igualdad entre mujeres y
hombres y un informe de impacto de género en la ejecución del proyecto referido
a la aportación que realiza para contribuir a la igualdad.

BOCM-20250304-49

Séptimo. Solicitud