Villaviciosa de Odón (BOCM-20250304-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 53
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
VILLAVICIOSA DE ODÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía-Presidencia
número 2025/558, de 11 de febrero de 2025, por el que se dispone la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía, durante el día 12 de febrero de 2025, de acuerdo con el
artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del siguiente tenor literal:
«Decreto de la Alcaldía
1. Estando prevista mi ausencia del municipio durante el próximo día 12 de febrero
de 2025, procede ordenar la sustitución para el desempeño de la Alcaldía.
2. El artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre establece:
“1. Corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad
de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia,
enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así
como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
2. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del alcalde no
podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quien corresponda sin expresa delegación,
que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.
(…)”.
3. Procede por ello disponer la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía por el primer teniente de alcalde.
Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias atribuidas por las normas,
Primero.—Disponer la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía por
parte del primer teniente de alcalde, D. Federico Crespo Iglesias, durante el día 12 de febrero de 2025, de acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Segundo.—Esta resolución surtirá efectos desde la fecha de su firma y será publicada
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en las
normas.
Tercero.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 LPACAP).
b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición),
se podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que se establece un
plazo de dos meses, a contar desde la fecha de notificación de este acto (artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa)».
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
En Villaviciosa de Odón, a 21 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro
Izquierdo Casquero.
(03/2.882/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250304-84
RESUELVO
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B.O.C.M. Núm. 53
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
VILLAVICIOSA DE ODÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía-Presidencia
número 2025/558, de 11 de febrero de 2025, por el que se dispone la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía, durante el día 12 de febrero de 2025, de acuerdo con el
artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del siguiente tenor literal:
«Decreto de la Alcaldía
1. Estando prevista mi ausencia del municipio durante el próximo día 12 de febrero
de 2025, procede ordenar la sustitución para el desempeño de la Alcaldía.
2. El artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre establece:
“1. Corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad
de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia,
enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así
como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
2. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del alcalde no
podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quien corresponda sin expresa delegación,
que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.
(…)”.
3. Procede por ello disponer la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía por el primer teniente de alcalde.
Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias atribuidas por las normas,
Primero.—Disponer la sustitución en el desempeño de las funciones de la Alcaldía por
parte del primer teniente de alcalde, D. Federico Crespo Iglesias, durante el día 12 de febrero de 2025, de acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Segundo.—Esta resolución surtirá efectos desde la fecha de su firma y será publicada
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en las
normas.
Tercero.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 LPACAP).
b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición),
se podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que se establece un
plazo de dos meses, a contar desde la fecha de notificación de este acto (artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa)».
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
En Villaviciosa de Odón, a 21 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro
Izquierdo Casquero.
(03/2.882/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
BOCM-20250304-84
RESUELVO