B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20250303-18)
Convocatoria curso – Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convocan cursos de formación de actualización y de especialización dirigidos a funcionarios de los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid para 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 52
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 133
Segundo
Ámbito de aplicación
Las acciones formativas que integran los programas objeto de esta resolución van dirigidas a la totalidad de los funcionarios de los cuerpos de policía local de la Comunidad de
Madrid.
II. Estructura, fines y contenido del plan
Tercero
Estructura
1. El plan se estructura en un total de siete áreas de formación de actualización y especialización, considerándose como el conjunto integrado y ordenado de acciones formativas que comparten unos mismos fines, o con un contenido homogéneo.
2. Los cursos de actualización y especialización de cada área son los que figuran en
el Anexo I de la presente Resolución.
3. Los cursos, en los que así se especifique en el Anexo I relativos a “Instructor de
Dispositivos Eléctrico de Control” y “Operaciones Policiales con Drones”, tendrán su procedimiento específico de solicitud con el fin de cubrir necesidades operativas del Instituto
de Formación Integral en Seguridad y Emergencias y de los diferentes cuerpos de policía
local de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Fines y contenido
1. La misión, objetivos y ejes estratégicos de los diferentes programas formativos son el
resultado del procedimiento para la detección anual de necesidades formativas y definición de los
objetivos llevado a cabo por el IFISE en virtud de los dispuesto en la Orden 5150/2024, de 23 de
diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la
Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid para el año 2025.
2. Los contenidos de los diferentes programas formativos se aprobarán y facilitarán
en el momento de su impartición.
Quinto
Nuevas modalidades formativas
1. Durante el período de efectos del presente Plan, y como complemento y desarrollo del mismo, se podrá continuar con el proceso de implantación de nuevas modalidades
formativas en aras de la modernización y flexibilización de las políticas de formación y de
su eficacia.
2. Estas modalidades podrán comprender actuaciones tales como la elaboración de
píldoras formativas, la configuración de itinerarios formativos, el aprendizaje social y colaborativo, la gestión del conocimiento interno y cualquier otro sistema que se determine,
en los términos y con los efectos que se contengan en las resoluciones que, en su caso, se
dicten a estos fines.
III. Procedimiento de solicitud y acceso a las acciones formativas
Sexto
1. El personal destinatario del presente Plan podrá presentar solicitudes de participación para el conjunto de las acciones formativas incluidas en el modelo normalizado que se
encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid , en las condiciones que se determinan en los apartados siguientes.
2. Se podrá solicitar la inscripción en un máximo de cinco acciones formativas de entre las contenidas en los programas previstos en la presente resolución.
3. Los congresos, jornadas y seminarios llevadas a cabo en el marco del área de actualización y reciclaje serán objeto de una convocatoria específica en cada caso, en la que
se establecerá el requisitos, plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.
BOCM-20250303-18
Solicitud de cursos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 52
LUNES 3 DE MARZO DE 2025
Pág. 133
Segundo
Ámbito de aplicación
Las acciones formativas que integran los programas objeto de esta resolución van dirigidas a la totalidad de los funcionarios de los cuerpos de policía local de la Comunidad de
Madrid.
II. Estructura, fines y contenido del plan
Tercero
Estructura
1. El plan se estructura en un total de siete áreas de formación de actualización y especialización, considerándose como el conjunto integrado y ordenado de acciones formativas que comparten unos mismos fines, o con un contenido homogéneo.
2. Los cursos de actualización y especialización de cada área son los que figuran en
el Anexo I de la presente Resolución.
3. Los cursos, en los que así se especifique en el Anexo I relativos a “Instructor de
Dispositivos Eléctrico de Control” y “Operaciones Policiales con Drones”, tendrán su procedimiento específico de solicitud con el fin de cubrir necesidades operativas del Instituto
de Formación Integral en Seguridad y Emergencias y de los diferentes cuerpos de policía
local de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Fines y contenido
1. La misión, objetivos y ejes estratégicos de los diferentes programas formativos son el
resultado del procedimiento para la detección anual de necesidades formativas y definición de los
objetivos llevado a cabo por el IFISE en virtud de los dispuesto en la Orden 5150/2024, de 23 de
diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la
Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid para el año 2025.
2. Los contenidos de los diferentes programas formativos se aprobarán y facilitarán
en el momento de su impartición.
Quinto
Nuevas modalidades formativas
1. Durante el período de efectos del presente Plan, y como complemento y desarrollo del mismo, se podrá continuar con el proceso de implantación de nuevas modalidades
formativas en aras de la modernización y flexibilización de las políticas de formación y de
su eficacia.
2. Estas modalidades podrán comprender actuaciones tales como la elaboración de
píldoras formativas, la configuración de itinerarios formativos, el aprendizaje social y colaborativo, la gestión del conocimiento interno y cualquier otro sistema que se determine,
en los términos y con los efectos que se contengan en las resoluciones que, en su caso, se
dicten a estos fines.
III. Procedimiento de solicitud y acceso a las acciones formativas
Sexto
1. El personal destinatario del presente Plan podrá presentar solicitudes de participación para el conjunto de las acciones formativas incluidas en el modelo normalizado que se
encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid , en las condiciones que se determinan en los apartados siguientes.
2. Se podrá solicitar la inscripción en un máximo de cinco acciones formativas de entre las contenidas en los programas previstos en la presente resolución.
3. Los congresos, jornadas y seminarios llevadas a cabo en el marco del área de actualización y reciclaje serán objeto de una convocatoria específica en cada caso, en la que
se establecerá el requisitos, plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.
BOCM-20250303-18
Solicitud de cursos