D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250303-26)
Convenio –  Corrección de errores en la Adenda de 15 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la entidad de formación Grupo Victoria Investinyou, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MARZO DE 2025

Pág. 161

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CORRECCIÓN de errores en la Adenda de 15 de noviembre de 2024, de prórroga
del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la entidad de formación Grupo Victoria Investinyou, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción
en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico
de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo,
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de
las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y
se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6
de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Miguel Vidal Adán en su condición de Administrador de la entidad de formación Grupo Victoria Investinyou, S. L., con CIF B-28768554 y domicilio
social en Madrid, en avenida Victoria, número 70 y CP 28023, en virtud de las facultades
que le otorgan los estatutos y el poder de representación otorgado el 6 de julio de 2023 ante
el notario de Madrid, D. Álvaro Fernández Piera, con el número 1.318 de su Protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente acuerdo,
EXPONEN

BOCM-20250303-26

1. Que con fecha 20 de diciembre de 2024 entró en vigor la Adenda de 15 de noviembre de 2024 de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la entidad de formación Grupo
Victoria Investinyou, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el
procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
2. En el título de la Adenda, así como en el punto I del Expositivo de la misma, se
hace mención a la fecha de entrada en vigor del convenio de colaboración, siendo errónea.
3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, señala las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, teniendo en cuenta todo cuanto antecede, las partes firmantes,