C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250301-4)
Convenio colectivo –  Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del año 2024 del convenio colectivo del Consejo de Estado (personal laboral), suscrito por la Comisión Negociadora. (código número 28004552011990)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 62

SÁBADO 1 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 51

ACTA ÚNICA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL
PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ESTADO 2021-2025, PARA LA REVISION
SALARIAL DE 2024

ASISTENTES:
Representante de la Administración:
D. Miguel Ángel Velasco López
Director de los Servicios Administrativos, Oficialía Mayor y Recursos Humanos
Representante del personal Laboral:
Doña María Carretero Mayor (CC.OO.)
En Madrid, a las 10,30 horas del día 4 de julio de 2024, se reúnen en la Sala de Juntas de la segunda
planta de este Consejo de Estado, las personas antes referidas, acordando lo siguiente:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 3 del convenio colectivo del personal laboral del Consejo de
Estado para 2021-2025, la revisión salarial para el ejercicio de 2024 se fija en el Real Decreto-Ley
4/2024, de 26 de junio (B.O.E. 27 de junio), por el que se prorrogan determinadas medidas para
afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente
Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. En su capítulo II,
artículo 6.1, Incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024,
dictaminando lo siguiente:
“En el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un
incremento global máximo el 2 por ciento respecto a las vigentes del 31 de diciembre de 2023,
incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley
31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en términos
de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de
personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo tendrá efectos económicos
desde el 1 de enero de 2024.”
Visto lo anterior, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el personal laboral del
Consejo de Estado acuerda que las retribuciones del personal al que se refiere el mismo experimente
un incremento del 2 por ciento.
En consecuencia, se acuerda que la tabla salarial para el año 2024 será la siguiente:

ANEXO IV
TABLA SALARIAL 2024
1).- Salario base categoría profesional: Cuantías en euros
NIVEL

GRUPOS PROFESIONALES

IMPORTE EUROS/MES

1

M3

2.280,98

2

M2

1.882,24

3

M1

1.465,25

4

E2

1.219,70

2).- Antigüedad
IMPORTE EUROS/MES
30,96

NIVEL

JUNIO

DICIEMBRE

1

2.280,98

2.280,98

2

1.882,24

1.882,24

3

1.465,25

1.465,25

4

1.219,70

1.219,70

BOCM-20250301-4

3).- Pagas extras: Cuantías en euros