El Escorial (BOCM-20250228-51)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
La puntuación obtenida en el ejercicio de idiomas supondrá un 15 por 100 de la calificación de esta
segunda prueba, correspondiendo el 85 por 100 restante al ejercicio de conocimientos especificado
en la letra a).
7.1.2 Segunda, Reconocimiento Médico, dirigido a garantizar la idoneidad para las funciones a
desarrollar. El personal facultativo que se designe al efecto realizará a los aspirantes las pruebas
clínicas analíticas y complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la
comprobación fehaciente de los requisitos exigidos en el anexo III que se acompaña. Estarán
exentos aquellos aspirantes que en los doce meses previos a la fecha de su realización hayan sido
objeto en el ayuntamiento convocante de evaluación psicofísica en los términos establecidos en
la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el presente reglamento.
7.2. Fase concurso.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los méritos
alegados y debidamente acreditados por los aspirantes Sólo podrán ser valorados los méritos de los
aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición, obtenidos antes de la fecha en que termine
el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, y sean acreditados
documentalmente, de acuerdo con el baremo de méritos que figura a continuación:
a) Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1º Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
En la categoría de policía: 0,20 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2º Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima de 1 punto:
Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de Madrid: 0,30 puntos.
Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o institución de
carácter público: 0,25 puntos.
Felicitación individualizada del Pleno del ayuntamiento: 0,20 puntos.
Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la Junta de Gobierno
Local: 0,10 puntos.
Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de
carácter público: 0,10 puntos.
b) Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima de 2,80 puntos:
Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos.
Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos por el número de horas
lectivas realizadas.
Los cursos realizados en centros oficiales de formación policial de la Comunidad de Madrid
serán valorados con una calificación superior en un 20 por ciento respecto a las
puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
Los cursos realizados en calidad de docente serán valorados con una calificación superior
en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
2º Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,006 puntos por cada actividad realizada. Cuando
se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación superior en un 50 por ciento
respecto a las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.
BOCM-20250228-51
1º Cursos impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio
competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales
acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por
entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados
por el Consejo Académico del Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de
Madrid:
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
La puntuación obtenida en el ejercicio de idiomas supondrá un 15 por 100 de la calificación de esta
segunda prueba, correspondiendo el 85 por 100 restante al ejercicio de conocimientos especificado
en la letra a).
7.1.2 Segunda, Reconocimiento Médico, dirigido a garantizar la idoneidad para las funciones a
desarrollar. El personal facultativo que se designe al efecto realizará a los aspirantes las pruebas
clínicas analíticas y complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la
comprobación fehaciente de los requisitos exigidos en el anexo III que se acompaña. Estarán
exentos aquellos aspirantes que en los doce meses previos a la fecha de su realización hayan sido
objeto en el ayuntamiento convocante de evaluación psicofísica en los términos establecidos en
la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el presente reglamento.
7.2. Fase concurso.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los méritos
alegados y debidamente acreditados por los aspirantes Sólo podrán ser valorados los méritos de los
aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición, obtenidos antes de la fecha en que termine
el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, y sean acreditados
documentalmente, de acuerdo con el baremo de méritos que figura a continuación:
a) Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1º Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
En la categoría de policía: 0,20 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2º Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima de 1 punto:
Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de Madrid: 0,30 puntos.
Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o institución de
carácter público: 0,25 puntos.
Felicitación individualizada del Pleno del ayuntamiento: 0,20 puntos.
Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la Junta de Gobierno
Local: 0,10 puntos.
Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de
carácter público: 0,10 puntos.
b) Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima de 2,80 puntos:
Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos.
Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos por el número de horas
lectivas realizadas.
Los cursos realizados en centros oficiales de formación policial de la Comunidad de Madrid
serán valorados con una calificación superior en un 20 por ciento respecto a las
puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
Los cursos realizados en calidad de docente serán valorados con una calificación superior
en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
2º Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,006 puntos por cada actividad realizada. Cuando
se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación superior en un 50 por ciento
respecto a las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.
BOCM-20250228-51
1º Cursos impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio
competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales
acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por
entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados
por el Consejo Académico del Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de
Madrid: