B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 74
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ESPECIALIDAD
ACCESO 4
ACCESO 3
Acceso de
Acceso de
ACCESO 5
ACCESO 1 ACCESO 2
funcionarios
funcionarios
Adquisición
CÓDIGO
Ingreso
Reserva de
a cuerpos
TOTAL
a cuerpos de
de nueva
Libre
discapacidad
del mismo
subgrupo
especialidad
subgrupo
superior
y NCD
COCINA Y PASTELERIA
001
2
0
0
0
2
NO
ESTETICA
002
3
0
0
0
3
NO
MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
004
4
0
0
0
4
NO
MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE
MAQUINAS
005
1
0
0
0
1
NO
PATRONAJE Y CONFECCION
006
1
0
0
0
1
NO
PELUQUERIA
007
2
0
0
0
2
NO
PRODUCCION EN ARTES GRAFICAS
008
1
0
0
0
1
NO
SERVICIOS DE RESTAURACION
009
1
0
0
0
1
NO
15
0
0
0
15
TOTAL
Tercera
Órganos de gestión
La gestión del procedimiento selectivo corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos, no obstante, lo anterior, para garantizar el adecuado desarrollo del procedimiento se delega la gestión de determinadas especialidades en las Direcciones de Área
Territorial (DATs) de conformidad con lo recogido en el Anexo I de la presente resolución.
Las incidencias que puedan surgir en el desarrollo del proceso deberán ser sustanciadas
ante el correspondiente órgano de gestión.
Cuarta
A los presentes procedimientos selectivos les serán de aplicación las disposiciones
siguientes:
— Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
— Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y
se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
— Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid.
— Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, así
como la Orden 571/2001, de 21 de febrero, de la Consejería de Educación, por la
que se regula la tasa por los derechos de examen para la selección del personal docente al servicio de la Comunidad de Madrid y la adquisición de la condición de
catedrático.
— Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico
BOCM-20250228-17
Normativa aplicable
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CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ESPECIALIDAD
ACCESO 4
ACCESO 3
Acceso de
Acceso de
ACCESO 5
ACCESO 1 ACCESO 2
funcionarios
funcionarios
Adquisición
CÓDIGO
Ingreso
Reserva de
a cuerpos
TOTAL
a cuerpos de
de nueva
Libre
discapacidad
del mismo
subgrupo
especialidad
subgrupo
superior
y NCD
COCINA Y PASTELERIA
001
2
0
0
0
2
NO
ESTETICA
002
3
0
0
0
3
NO
MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
004
4
0
0
0
4
NO
MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE
MAQUINAS
005
1
0
0
0
1
NO
PATRONAJE Y CONFECCION
006
1
0
0
0
1
NO
PELUQUERIA
007
2
0
0
0
2
NO
PRODUCCION EN ARTES GRAFICAS
008
1
0
0
0
1
NO
SERVICIOS DE RESTAURACION
009
1
0
0
0
1
NO
15
0
0
0
15
TOTAL
Tercera
Órganos de gestión
La gestión del procedimiento selectivo corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos, no obstante, lo anterior, para garantizar el adecuado desarrollo del procedimiento se delega la gestión de determinadas especialidades en las Direcciones de Área
Territorial (DATs) de conformidad con lo recogido en el Anexo I de la presente resolución.
Las incidencias que puedan surgir en el desarrollo del proceso deberán ser sustanciadas
ante el correspondiente órgano de gestión.
Cuarta
A los presentes procedimientos selectivos les serán de aplicación las disposiciones
siguientes:
— Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
— Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y
se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
— Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid.
— Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, así
como la Orden 571/2001, de 21 de febrero, de la Consejería de Educación, por la
que se regula la tasa por los derechos de examen para la selección del personal docente al servicio de la Comunidad de Madrid y la adquisición de la condición de
catedrático.
— Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico
BOCM-20250228-17
Normativa aplicable