D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250228-39)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una nueva subestación denominada ST Fuente Hito (ISE274) ubicada en Plan Parcial El Juncal, Parc. D1 en el término municipal de Alcobendas, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Expediente: 2022P89 - 14-0141-00089.3/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 261
Tercero
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular,
por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y
aprobación del proyecto para la instalación de una nueva subestación denominada ST Fuente Hito en Plan Parcial El Juncal, Parc. D1, en el término municipal de Alcobendas, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 243, de 11 de octubre de 2024).
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre,
se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas,
organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Alcobendas, Canal de Isabel II y Madrileña Red de Gas.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Alcobendas.
Se han recibido los informes correspondientes de Madrileña Red de Gas y Canal de
Isabel II en los que se han establecido condicionantes al proyecto, que han sido aceptados
por el solicitante.
Quinto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de
octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta
tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios
para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de
octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en
relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008,
de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
BOCM-20250228-39
Segundo
B.O.C.M. Núm. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 261
Tercero
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular,
por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y
aprobación del proyecto para la instalación de una nueva subestación denominada ST Fuente Hito en Plan Parcial El Juncal, Parc. D1, en el término municipal de Alcobendas, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 243, de 11 de octubre de 2024).
Cuarto
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre,
se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas,
organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Alcobendas, Canal de Isabel II y Madrileña Red de Gas.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Alcobendas.
Se han recibido los informes correspondientes de Madrileña Red de Gas y Canal de
Isabel II en los que se han establecido condicionantes al proyecto, que han sido aceptados
por el solicitante.
Quinto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de
octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta
tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios
para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de
octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en
relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008,
de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
BOCM-20250228-39
Segundo