B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250228-20)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador Social del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
20
RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre
para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador Social del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Mediante Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de 24 de junio) se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador
Social del Servicio Madrileño de Salud.
La base 4.1.f) de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las
ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), establece como requisito general de
participación en las pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en
la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de
los servicios de salud y el procedimiento de su actualización”. Éste requisito, al igual que el
resto de los establecidos en la base cuarta de la convocatoria, deberán reunirse en el último
día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
Se ha constatado que los aspirantes que se relacionan a continuación, no cumplen el
requisito de la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.f), ya que poseen la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo n.o 823/2021 sobre recurso de casación, que fija
como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del
trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal omisión no
produce indefensión real material. En los casos que se indican en esta resolución, ha quedado
verificada la toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador
Social en el Servicio Madrileño de Salud, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena de la convocatoria no produce indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023),
Declarar la exclusión en el proceso selectivo por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador Social, en el Servicio Madrileño de Salud, convocado por Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección Gene-
BOCM-20250228-20
RESUELVE
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
I. COMUNIDAD DE MADRID
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SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
20
RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre
para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador Social del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Mediante Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de 24 de junio) se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador
Social del Servicio Madrileño de Salud.
La base 4.1.f) de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las
ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), establece como requisito general de
participación en las pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en
la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de
los servicios de salud y el procedimiento de su actualización”. Éste requisito, al igual que el
resto de los establecidos en la base cuarta de la convocatoria, deberán reunirse en el último
día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
Se ha constatado que los aspirantes que se relacionan a continuación, no cumplen el
requisito de la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.f), ya que poseen la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo n.o 823/2021 sobre recurso de casación, que fija
como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del
trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal omisión no
produce indefensión real material. En los casos que se indican en esta resolución, ha quedado
verificada la toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador
Social en el Servicio Madrileño de Salud, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena de la convocatoria no produce indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023),
Declarar la exclusión en el proceso selectivo por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Trabajador Social, en el Servicio Madrileño de Salud, convocado por Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección Gene-
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