B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. Agencia de Vivienda Social (BOCM-20250227-12)
Convocatoria puestos – Resolución 552/2025, de 11 de febrero, del Director-Gerente de la Agencia para la Vivienda Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de carrera de naturaleza laboral, por el sistema de selección objetiva, vacantes en esta Agencia
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 60
JUEVES 27 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL
12
RESOLUCIÓN 552/2025, de 11 de febrero, del Director-Gerente de la Agencia
para la Vivienda Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de carrera de naturaleza laboral, por el sistema de selección
objetiva, vacantes en esta Agencia.
La Agencia para la Vivienda Social, en su sistema de planificación de puestos de trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1.b) del vigente Convenio Colectivo para personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid 2021-2024, dispone de
puestos de carrera.
Los puestos de carrera se definen como aquellos cuyo desempeño excede de las funciones asignadas a la categoría profesional, si bien comprende también estas últimas, exigiendo para ello un mayor grado de autonomía, iniciativa, responsabilidad, especial dedicación, mando o complejidad. Estos puestos constituyen el instrumento principal de la
carrera vertical.
La cobertura de los puestos de carrera, según prevé el artículo 74 del citado Convenio,
se efectuará en régimen de provisión interna, a través de los sistemas de Libre Designación
y de selección objetiva. Todo ello de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo recogida en el Catálogo del Anexo V del Convenio.
La Agencia para la Vivienda Social, en uso de las competencias que le están atribuidas, procede convocar para su cobertura por el sistema de selección objetiva los puestos de
carrera que se relacionan en el Anexo I.
La presente convocatoria tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos por el artículo 74.3 del vigente Convenio, así como el principio de igualdad
de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con
el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de
igualdad efectiva de hombres y mujeres.
Con todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 74 y siguientes del Convenio,
RESUELVO
Primero
Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de carrera relacionados en el Anexo I, con las especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos Puestos de Carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Podrán participar en la Convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 75.3 del Convenio, quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio, con excepción del personal de las empresas públicas.
b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del
derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
BOCM-20250227-12
Condiciones y requisitos de participación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 60
JUEVES 27 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL
12
RESOLUCIÓN 552/2025, de 11 de febrero, del Director-Gerente de la Agencia
para la Vivienda Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de carrera de naturaleza laboral, por el sistema de selección
objetiva, vacantes en esta Agencia.
La Agencia para la Vivienda Social, en su sistema de planificación de puestos de trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1.b) del vigente Convenio Colectivo para personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid 2021-2024, dispone de
puestos de carrera.
Los puestos de carrera se definen como aquellos cuyo desempeño excede de las funciones asignadas a la categoría profesional, si bien comprende también estas últimas, exigiendo para ello un mayor grado de autonomía, iniciativa, responsabilidad, especial dedicación, mando o complejidad. Estos puestos constituyen el instrumento principal de la
carrera vertical.
La cobertura de los puestos de carrera, según prevé el artículo 74 del citado Convenio,
se efectuará en régimen de provisión interna, a través de los sistemas de Libre Designación
y de selección objetiva. Todo ello de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo recogida en el Catálogo del Anexo V del Convenio.
La Agencia para la Vivienda Social, en uso de las competencias que le están atribuidas, procede convocar para su cobertura por el sistema de selección objetiva los puestos de
carrera que se relacionan en el Anexo I.
La presente convocatoria tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos por el artículo 74.3 del vigente Convenio, así como el principio de igualdad
de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con
el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de
igualdad efectiva de hombres y mujeres.
Con todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 74 y siguientes del Convenio,
RESUELVO
Primero
Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de carrera relacionados en el Anexo I, con las especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos Puestos de Carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Podrán participar en la Convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 75.3 del Convenio, quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio, con excepción del personal de las empresas públicas.
b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del
derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
BOCM-20250227-12
Condiciones y requisitos de participación