C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250224-26)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 12 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la creación del Área de Planeamiento Específico 10.24 “Paseo de la Ermita del Santo”, distrito de Latina, que incluye la delimitación de una única Unidad de Ejecución
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B.O.C.M. Núm. 46

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE FEBRERO DE 2025

Con objeto de potenciar la política municipal pública de vivienda protegida, se propone destinar 15.990 metros cuadrados a vivienda de protección pública municipal, con la
siguiente distribución:
— 6.460 metros cuadrados se destinarán a la construcción de Viviendas de Protección Pública básica (con una superficie construida de máxima de 110 metros
cuadrados).
— 9.530 metros cuadrados se destinarán a la construcción de para Viviendas de Protección Pública de Precio Limitado (VPPL) (con una superficie máxima de 150
metros cuadrados).
Junto al uso residencial se incluyen en la ordenación usos cualificados terciarios (pequeño y mediano comercio) en los zócalos de la edificación de plaza que se prevé construir
en la confluencia entre la calle San Rufo (que actúa como enlace con Madrid Río) y en el
recorrido peatonal de la ordenación del ámbito de actuación, que actuará como nodo articulador de los desplazamientos peatonales que se verán intensificados con la peatonalización de la calle San Rufo y de la calle San Conrado.
La superficie total ocupada por el viario y las áreas estanciales arboladas es de 12.599,47
metros cuadrados, distribuidos de la siguiente forma:
— 1.662,55 metros cuadrados se destinarán a la construcción de vía pública principal.
— 10.936,92 metros cuadrados se destinan a áreas estanciales (espacios públicos
donde se puede permanecer) y espacios arbolados.
La superficie destinada a zona verde asciende a 5.683,39 metros cuadrados, ordenados
en una banda transversal para lograr la continuidad del parque Caramuel y el parque de la
Cuña Verde de Latina.
Asimismo, se prevén dos parcelas calificadas de servicios colectivos públicos:
— Una parcela de 5.084,55 metros cuadrados en continuidad con la instalación
deportiva municipal Los Caprichos, ubicada en el extremo oeste del ámbito de
actuación. Con esta parcela se pretende fortalecer los servicios públicos entre
el barrio ya existente y la nueva ordenación urbanística.
— Una parcela de 1.208,42 metros cuadrados con frente al Paseo de La Ermita del
Santo, en situación de máxima accesibilidad para todo el barrio que actuará como
puerta a la nueva plaza que se construirá.
La superficie total del ámbito de actuación de la modificación de 44.349,1344 metros
cuadrados de suelo urbano es inferior al 10 % de la superficie del término municipal de
Madrid (604,30 kilómetros cuadrados), por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 56 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la comunidad de Madrid, no resulta preceptiva la formulación de Avance.
III. La tramitación de la Modificación se lleva a cabo a iniciativa del Ayuntamiento
de Madrid, cuyo pleno la aprobó inicialmente con fecha 28 de julio de 2022 y provisionalmente con fecha 30 de abril de 2024.
IV. La Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la creación del Área de Planeamiento Específico 10.24 “Paseo de la Ermita del Santo”, distrito de
Latina conlleva la introducción de cambios y la ampliación de la documentación del Plan
General:
a) Se modifican los siguientes planos:
— Plano de ordenación O-73/4, O-73/4M.
— Plano de gestión G-73/4, G-73/4-M.
b) Se añaden los siguientes documentos:
— Ficha del Área Homogénea AH APE 10.24 “Paseo de Ermita del Santo”, de
nueva creación.
— Ficha del Ámbito de Actuación APE 10.24 “Paseo de Ermita del Santo”, de
nueva creación.
— Ficha del Área de Planeamiento Específico APE 10.24 “Paseo de Ermita del
Santo”, de nueva creación.
c) Se incluyen las determinaciones propias de la Ordenación Pormenorizada documentalmente contenidas en el documento de Modificación, con el siguiente contenido:
— Memoria de ordenación.
— Memoria de gestión.

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BOCM-20250224-26

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