San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20250221-73)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 44

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se ha dictado decreto por la alcaldesa D.a Aránzazu Povedano Fraguela, en fecha 10
de febrero de 2025, n.o 2025-0465, con el tenor literal siguiente:
“La Junta de Gobierno Local debe asistir permanentemente al alcalde en el ejercicio
de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el alcalde o el Pleno.
De conformidad con lo establecido en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real
decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía es competente para nombrar a los
miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros, y por ello, el número 1, del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, relaciona las atribuciones que corresponden al alcalde y señala que el alcalde puede delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de sus atribuciones salvo las de convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de
Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones
de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral, y las enunciadas en los párrafos a), e), j), k), l) y m)
del apartado 1 de este artículo. No obstante, podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el
ejercicio de las atribuciones contempladas en el párrafo j).
El artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales establece que las delegaciones se realizarán por resolución del alcalde, contendrán el ámbito de los asuntos delegados y las facultades que se delegan, así
como las condiciones del ejercicio de las mismas. Las delegaciones surtirán efectos desde
el día siguiente de la fecha de la resolución, sin perjuicio de que habrá de darse cuenta al
Pleno de las mismas en la primera sesión que celebre y de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por su parte, los artículos 114 a 118 del citado Reglamento regulan el régimen de las
delegaciones entre los órganos necesarios al que la presente delegación ha de ajustarse.
Esta Alcaldía para actualizar la gestión municipal a través de la delegación de asuntos
competencia de la alcaldesa en la Junta de Gobierno Local, considera conveniente modificar la delegación realizada mediante decreto n.o 2023-1101, de 27 de junio de 2023, modificando la composición de los miembros de la Junta de Gobierno Local.
En consecuencia, resuelvo:
Primero.—Modificar el decreto n.o 2023-1101, de 27 de junio de 2023, nombrando
como miembros de la Junta de Gobierno Local, presidida por la alcaldesa-presidenta, a los
siguientes concejales:
D.a Blanca Martínez Muela.
D. José Luis Rodríguez Lázaro.
D.a David Ocaña Sierra.
D.a Tamara González Berrueco.

Segundo.—Comunicar la presente resolución al Pleno de la Corporación para su conocimiento.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal (Portal de
Transparencia), sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de esta
resolución”.
San Martín de Valdeiglesias, a 12 de febrero de 2025.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.
(03/2.302/25)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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