B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - Planifica Madrid. Proyectos y Obras, M. P., S. A. (BOCM-20250221-3)
Convocatoria proceso selectivo – Acuerdo de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de oposición, a una plaza de carácter laboral indefinido de Letrado de la categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A), de la empresa pública de la Comunidad de Madrid, Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 41
Transcurrido el plazo de presentación de las solicitudes Planifica Madrid publicará en
su página web una lista provisional de admitidos y excluidos, indicando la causa de la exclusión, su carácter subsanable o no y el plazo para hacerlo.
Los aspirantes podrán complementar o subsanar sus solicitudes mientras no haya
transcurrido el plazo de presentación.
4.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del correo electrónico de Planifica Madrid, aplicación que corresponda
o sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido.
Quinta
Derechos de examen
5.1. Con carácter previo a la presentación de la solicitud para participar en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán abonar en concepto de derechos de examen el
importe de 51,87 euros que en ningún caso se reintegrará. Los derechos de examen se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta ES98 0049 1803 5620 1042 9085, indicando como concepto de pago “número de DNI-TL-LETRADO”.
5.2. Quedan exentos del pago los aspirantes que sean integrantes de familias numerosas, los que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y
los que figuren inscritos en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo
con una antigüedad mínima de 6 meses. Para beneficiarse de la exención se deberá indicar
este extremo expresamente en la solicitud y aportar documentación acreditativa.
5.3. La falta de abono por los aspirantes no exentos o por los aspirantes exentos que
no hubieran acreditado tal condición, constituirá causa de inadmisión de su solicitud.
El pago de los derechos de examen no constituye por sí solo solicitud de participación
en el proceso selectivo ni da derecho a participar en él si no se acompaña en tiempo y forma de la correspondiente solicitud de participación y restante documentación preceptiva.
Sexta
6.1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
6.2. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes en la forma prevista en la base cuarta.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, Planifica Madrid publicará en su
página web una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de
la causa o causas de exclusión, si es o son subsanables o no y el plazo para hacerlo.
6.3. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se publique la mencionada relación, a fin
de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
6.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, Planifica
Madrid publicará en su página web la relación definitiva de admitidos y excluidos indicando en cada caso la causa de la exclusión, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no
recogidas en las mismas.
La publicación del acuerdo por el que se establezca la relación definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos determinará el inicio del cómputo del plazo para la designación de
los concretos miembros que hayan de integrar el Tribunal de Calificación que también será
publicada con posterioridad.
La publicación a través de la página web de Planifica Madrid de la concreta identidad
de los miembros que hayan de integrar el Tribunal Calificador, así como la fijación de la
fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio de la oposición, se realizará con una
antelación mínima de 10 días hábiles.
BOCM-20250221-3
Admisión de los aspirantes
B.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 41
Transcurrido el plazo de presentación de las solicitudes Planifica Madrid publicará en
su página web una lista provisional de admitidos y excluidos, indicando la causa de la exclusión, su carácter subsanable o no y el plazo para hacerlo.
Los aspirantes podrán complementar o subsanar sus solicitudes mientras no haya
transcurrido el plazo de presentación.
4.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del correo electrónico de Planifica Madrid, aplicación que corresponda
o sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido.
Quinta
Derechos de examen
5.1. Con carácter previo a la presentación de la solicitud para participar en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán abonar en concepto de derechos de examen el
importe de 51,87 euros que en ningún caso se reintegrará. Los derechos de examen se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta ES98 0049 1803 5620 1042 9085, indicando como concepto de pago “número de DNI-TL-LETRADO”.
5.2. Quedan exentos del pago los aspirantes que sean integrantes de familias numerosas, los que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y
los que figuren inscritos en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo
con una antigüedad mínima de 6 meses. Para beneficiarse de la exención se deberá indicar
este extremo expresamente en la solicitud y aportar documentación acreditativa.
5.3. La falta de abono por los aspirantes no exentos o por los aspirantes exentos que
no hubieran acreditado tal condición, constituirá causa de inadmisión de su solicitud.
El pago de los derechos de examen no constituye por sí solo solicitud de participación
en el proceso selectivo ni da derecho a participar en él si no se acompaña en tiempo y forma de la correspondiente solicitud de participación y restante documentación preceptiva.
Sexta
6.1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
6.2. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes en la forma prevista en la base cuarta.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, Planifica Madrid publicará en su
página web una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de
la causa o causas de exclusión, si es o son subsanables o no y el plazo para hacerlo.
6.3. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se publique la mencionada relación, a fin
de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
6.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, Planifica
Madrid publicará en su página web la relación definitiva de admitidos y excluidos indicando en cada caso la causa de la exclusión, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no
recogidas en las mismas.
La publicación del acuerdo por el que se establezca la relación definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos determinará el inicio del cómputo del plazo para la designación de
los concretos miembros que hayan de integrar el Tribunal de Calificación que también será
publicada con posterioridad.
La publicación a través de la página web de Planifica Madrid de la concreta identidad
de los miembros que hayan de integrar el Tribunal Calificador, así como la fijación de la
fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio de la oposición, se realizará con una
antelación mínima de 10 días hábiles.
BOCM-20250221-3
Admisión de los aspirantes