B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - Planifica Madrid. Proyectos y Obras, M. P., S. A. (BOCM-20250221-3)
Convocatoria proceso selectivo – Acuerdo de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de oposición, a una plaza de carácter laboral indefinido de Letrado de la categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A), de la empresa pública de la Comunidad de Madrid, Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 44
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
PLANIFICA MADRID. PROYECTOS Y OBRAS, M. P., S. A.
3
ACUERDO de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica
Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de oposición, a una plaza de carácter
laboral indefinido de Letrado de la categoría profesional de Titulado Superior
(Grupo I, Nivel 9, Área A), de la empresa pública de la Comunidad de Madrid,
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A. (“Planifica Madrid”), es una sociedad mercantil pública autonómica integrante del sector público institucional autonómico,
sujeta a la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la
Comunidad de Madrid (“Ley 1/1984”), adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local de acuerdo con la disposición adicional 1.a del Decreto 229/2023, de
6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
De conformidad con lo dispuesto en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid y previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el titular de dicha Consejería autorizó a Planifica Madrid para la convocatoria pública de procesos
selectivos para la provisión de una plaza de Letrado de carácter indefinido perteneciente a la
categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, de acuerdo con la clasificación contenida en el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) (código número 28004531011988) (el “Convenio”).
El puesto de trabajo para el que se aprueba las siguientes bases es una plaza de carácter laboral indefinido de Letrado, categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A).
Las órdenes por la que se autoriza la provisión de puestos de trabajo establecen que el
proceso selectivo de concurrencia competitiva que se convoque para la selección del personal laboral indefinido de nuevo ingreso de Planifica Madrid se ajustará al procedimiento
establecido en el Convenio antes citado, debiendo regirse además por los principios de los
artículos 55 (Principios rectores) y 59 (Personas con discapacidad) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público (“TRLEBEP”).
A tal efecto, y de conformidad con el artículo 36.1 del Convenio se aprueba y hace pública la presente convocatoria en Madrid, a 10 de febrero de 2025. El Consejero Delegado,
Pedro Corbalán Ruiz.
Los procesos selectivos convocados por Planifica Madrid objeto de la presente convocatoria se regirán en todo aquello que resulte compatible con su naturaleza de empresa pública
por lo dispuesto en la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de
Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril de 2019) (la “Orden 913/2019”).
No obstante, en todas aquellas materias en las que la regulación contenida en la Orden 913/2019 resultare incompatible con la naturaleza de Planifica Madrid o cuando aquélla no le fuere aplicable se atenderá a sus criterios con carácter meramente orientativo.
En todo caso, el procedimiento que se tramite se regirá por los principios de igualdad,
mérito, capacidad, publicidad, transparencia y demás consagrados en los artículos 55 y 59
del TRLEBEP en relación con su disposición adicional 1.a y el artículo 35.1 del Convenio.
BOCM-20250221-3
BASES COMUNES
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 44
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
PLANIFICA MADRID. PROYECTOS Y OBRAS, M. P., S. A.
3
ACUERDO de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica
Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de oposición, a una plaza de carácter
laboral indefinido de Letrado de la categoría profesional de Titulado Superior
(Grupo I, Nivel 9, Área A), de la empresa pública de la Comunidad de Madrid,
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A. (“Planifica Madrid”), es una sociedad mercantil pública autonómica integrante del sector público institucional autonómico,
sujeta a la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la
Comunidad de Madrid (“Ley 1/1984”), adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local de acuerdo con la disposición adicional 1.a del Decreto 229/2023, de
6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
De conformidad con lo dispuesto en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid y previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el titular de dicha Consejería autorizó a Planifica Madrid para la convocatoria pública de procesos
selectivos para la provisión de una plaza de Letrado de carácter indefinido perteneciente a la
categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, de acuerdo con la clasificación contenida en el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) (código número 28004531011988) (el “Convenio”).
El puesto de trabajo para el que se aprueba las siguientes bases es una plaza de carácter laboral indefinido de Letrado, categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A).
Las órdenes por la que se autoriza la provisión de puestos de trabajo establecen que el
proceso selectivo de concurrencia competitiva que se convoque para la selección del personal laboral indefinido de nuevo ingreso de Planifica Madrid se ajustará al procedimiento
establecido en el Convenio antes citado, debiendo regirse además por los principios de los
artículos 55 (Principios rectores) y 59 (Personas con discapacidad) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público (“TRLEBEP”).
A tal efecto, y de conformidad con el artículo 36.1 del Convenio se aprueba y hace pública la presente convocatoria en Madrid, a 10 de febrero de 2025. El Consejero Delegado,
Pedro Corbalán Ruiz.
Los procesos selectivos convocados por Planifica Madrid objeto de la presente convocatoria se regirán en todo aquello que resulte compatible con su naturaleza de empresa pública
por lo dispuesto en la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de
Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril de 2019) (la “Orden 913/2019”).
No obstante, en todas aquellas materias en las que la regulación contenida en la Orden 913/2019 resultare incompatible con la naturaleza de Planifica Madrid o cuando aquélla no le fuere aplicable se atenderá a sus criterios con carácter meramente orientativo.
En todo caso, el procedimiento que se tramite se regirá por los principios de igualdad,
mérito, capacidad, publicidad, transparencia y demás consagrados en los artículos 55 y 59
del TRLEBEP en relación con su disposición adicional 1.a y el artículo 35.1 del Convenio.
BOCM-20250221-3
BASES COMUNES