B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - Planifica Madrid. Proyectos y Obras, M. P., S. A. (BOCM-20250221-4)
Convocatoria proceso selectivo –  Acuerdo de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A., , por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema de concurso-oposición, a dos plazas de carácter laboral indefinidos de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Área A), especialidad Arquitectura Técnica de la empresa pública de la Comunidad de Madrid Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 44

BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1.1. Se convoca un proceso selectivo para la cobertura de 2 plazas correspondientes
a la categoría profesional de Titulado Medio, especialidad Arquitectura Técnica (Grupo II,
Nivel 7, Área A) en Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S.A., empresa pública de
la Comunidad de Madrid.
1.2. La cobertura por Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S.A., de las plazas
referidas fue autorizada por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo mediante las
correspondientes órdenes en las que se especificaba que la cobertura se realizaría con cargo a la tasa de reposición de los años 2020 y 2021 y a través del procedimiento de selección
de personal laboral indefinido de nuevo ingreso que se recoja en el Convenio Colectivo para
el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
1.3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Convenio, y en sesión celebrada por la Comisión Paritaria en fecha 23 de mayo de 2024, el sistema utilizado en la presente convocatoria será el de concurso oposición debido a la naturaleza de las funciones a
desempeñar y con carácter absolutamente extraordinario.
Segunda
Objeto de la convocatoria
2.1. El objeto de estas bases específicas es regular el proceso de selección, mediante el sistema de concurso-oposición, para la adjudicación de 2 plazas vacantes existentes en
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S.A., mediante la contratación de nuevo personal con carácter indefinido y con cargo a la tasa de reposición de los años 2020 y 2021.
2.2. Las 2 posiciones vacantes, a cuya adjudicación se procederá a través del proceso selectivo recogido en estas bases, se corresponden con la categoría profesional de Titulado Medio, Especialidad Arquitectura Técnica (Grupo II, Nivel 7, Área A).
Tercera
3.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta apartado primero de la Orden 913/2019,
estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el Título de Arquitecto Técnico, Aparejador, Ingeniero de Edificación o de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.
3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por cualquier otro
órgano de la Administración competente para ello antes del fin del plazo de presentación
de solicitudes
3.3 Asimismo, todas las personas interesadas deberán cumplimentar en la solicitud de
participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la
experiencia profesional y la formación, de conformidad con lo recogido en las presentes
Bases y a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de
solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
3.4. En el caso de aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado
de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que se
pueda valorar por el Tribunal Calificador la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de
alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá
ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se estable-

BOCM-20250221-4

Personas aspirantes