D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250220-31)
Convenio – Adenda segunda de 11 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades
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BOCM
Pág. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 43
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
31
ADENDA segunda de 11 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro
de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
REUNIDOS
De una parte, D.a Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29 de
enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de
MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997,
de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.
D. José Javier Rodrigo de Azpiazu. Secretario General Gerente del Instituto Social de las
Fuerzas Armadas (ISFAS), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso
de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social
de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.
Y D.a Juana María Gómez Valle, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU),
nombrada por Acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación del Secretario
de Estado de Justicia, de 5 de febrero de 2024, en virtud de las facultades que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización
de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.
De otra, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General
del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
EXPONEN
Primero
El Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de
Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
BOCM-20250220-31
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de modificación y, a tal fin,
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31
ADENDA segunda de 11 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro
de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
REUNIDOS
De una parte, D.a Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29 de
enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de
MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997,
de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.
D. José Javier Rodrigo de Azpiazu. Secretario General Gerente del Instituto Social de las
Fuerzas Armadas (ISFAS), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso
de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social
de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.
Y D.a Juana María Gómez Valle, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU),
nombrada por Acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación del Secretario
de Estado de Justicia, de 5 de febrero de 2024, en virtud de las facultades que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización
de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.
De otra, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General
del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
EXPONEN
Primero
El Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Madrileño de
Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
BOCM-20250220-31
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de modificación y, a tal fin,