Valdemaqueda (BOCM-20250218-77)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 41
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VALDEMAQUEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250218-77
Por decreto de Alcaldía número 2025-0064, de fecha 17 de febrero de 2025, se han
aprobado los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica, tasa por prestación del servicio de alcantarillado y tasa de vado paso de vehículos, todos del año 2025.
Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante
un plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos
de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.
El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre
los días 1 de marzo y 30 de abril de 2025, ambos incluidos.
El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse
efectivo a partir del día 1 de marzo de 2025, mediante ingreso directo, transferencia bancaria, o bien en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la plaza de España, número 1, de
Valdemaqueda, los días 24 y 31 de marzo y 14 y 28 de abril de 2025, en horario de 9:00
a 14:00 horas.
La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 31 de marzo de 2025.
Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento
de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se
estime procedente.
El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Valdemaqueda, a 17 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses
Cabrero.
(01/2.559/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250218-77
Por decreto de Alcaldía número 2025-0064, de fecha 17 de febrero de 2025, se han
aprobado los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica, tasa por prestación del servicio de alcantarillado y tasa de vado paso de vehículos, todos del año 2025.
Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante
un plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos
de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.
El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre
los días 1 de marzo y 30 de abril de 2025, ambos incluidos.
El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse
efectivo a partir del día 1 de marzo de 2025, mediante ingreso directo, transferencia bancaria, o bien en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la plaza de España, número 1, de
Valdemaqueda, los días 24 y 31 de marzo y 14 y 28 de abril de 2025, en horario de 9:00
a 14:00 horas.
La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 31 de marzo de 2025.
Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento
de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se
estime procedente.
El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Valdemaqueda, a 17 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses
Cabrero.
(01/2.559/25)
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ISSN 1989-4791