Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa (BOCM-20250218-79)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 41
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 267
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
79
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
Y MUJER LA MALICIOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2024, fue aprobada provisional o inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del establecimiento
de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en la modalidad de auxiliar de
hogar (SAD) y Teleasistencia (TAD) de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La
Maliciosa, durante el plazo de exposición al público por treinta días de la citada ordenanza, en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2024,
plazo que comenzó el día 9 de diciembre de 2024 y finalizó el día 22 de enero de 2025, no ha
sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 49.c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada modificación de la ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tabón de anuncios de la
Mancomunidad, cuyo contenido literal es el siguiente:
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA Y ASISTENCIA A DOMICILIO
EN LA MODALIDAD DE AUXILIAR DE HOGAR (SAD) Y TELEASISTENCIA (TAD)
PUBLICADA EN EL BOCM DE 20 DE FEBRERO DE 2018 (Nº 43)
ANEXO I
Baremo a aplicar para el servicio de TELEASISTENCIA
RENTA PER CÁPITA
BENEFICIARIO
PORCENTAJE MENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL USUARIOS
PORCENTAJEMENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL MANCOMUNIDAD
HASTA 1,5 IPREM
0%
100%
ENTRE 1,5-2 IPREM
30%
70%
2-2,5 IPREM
55%
45%
2,5-3 IPREM
75%
25%
3-3,5 IPREM
100%
0%
Baremo a aplicar para el servicio de AYUDA A DOMICILIO
RENTA PER CÁPITA
BENEFICIARIO
PORCENTAJE MENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL USUARIOS
PORCENTAJEMENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL MANCOMUNIDAD
HASTA 1,5 IPREM
0%
100%
ENTRE 1,5-2 IPREM
30%
70%
2-2,5 IPREM
55%
45%
2,5-3 IPREM
75%
25%
MAS DE 3 IPREM
100%
0%
BOCM-20250218-79
Guadarrama, a 6 de febrero de 2025.—El presidente de la Mancomunidad, Antonio
Coello Gómez-Rey.
(03/1.984/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 41
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 267
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
79
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
Y MUJER LA MALICIOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2024, fue aprobada provisional o inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del establecimiento
de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en la modalidad de auxiliar de
hogar (SAD) y Teleasistencia (TAD) de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La
Maliciosa, durante el plazo de exposición al público por treinta días de la citada ordenanza, en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2024,
plazo que comenzó el día 9 de diciembre de 2024 y finalizó el día 22 de enero de 2025, no ha
sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 49.c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada modificación de la ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tabón de anuncios de la
Mancomunidad, cuyo contenido literal es el siguiente:
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA Y ASISTENCIA A DOMICILIO
EN LA MODALIDAD DE AUXILIAR DE HOGAR (SAD) Y TELEASISTENCIA (TAD)
PUBLICADA EN EL BOCM DE 20 DE FEBRERO DE 2018 (Nº 43)
ANEXO I
Baremo a aplicar para el servicio de TELEASISTENCIA
RENTA PER CÁPITA
BENEFICIARIO
PORCENTAJE MENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL USUARIOS
PORCENTAJEMENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL MANCOMUNIDAD
HASTA 1,5 IPREM
0%
100%
ENTRE 1,5-2 IPREM
30%
70%
2-2,5 IPREM
55%
45%
2,5-3 IPREM
75%
25%
3-3,5 IPREM
100%
0%
Baremo a aplicar para el servicio de AYUDA A DOMICILIO
RENTA PER CÁPITA
BENEFICIARIO
PORCENTAJE MENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL USUARIOS
PORCENTAJEMENSUAL SOBRE
COSTE TERMINAL MANCOMUNIDAD
HASTA 1,5 IPREM
0%
100%
ENTRE 1,5-2 IPREM
30%
70%
2-2,5 IPREM
55%
45%
2,5-3 IPREM
75%
25%
MAS DE 3 IPREM
100%
0%
BOCM-20250218-79
Guadarrama, a 6 de febrero de 2025.—El presidente de la Mancomunidad, Antonio
Coello Gómez-Rey.
(03/1.984/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791