Villaviciosa de Odón (BOCM-20250217-73)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 287
BOCM-20250217-73
pales y otros ingresos de derecho público, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante
padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme los siguientes:
Plazos de pago.—Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario
fiscal para el ejercicio 2025.
En el impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto de vehículos de tracción mecánica,
impuesto de actividades económicas y en la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras, la adhesión al Plan de Cuenta Ciudadana, implicará su cobro fraccionado mediante domiciliación bancaria que se efectuará el primer día hábil del mes correspondiente.
Modalidad de pago.—La recaudación de tributos municipales y demás ingresos de
derecho público se realizará:
— Por Internet, a través de la pasarela de pago de la Sede Municipal.
— A través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander,
Banco Bilbao Vizcaya (BBVA), Banco Sabadell, Caixabank, Abanca, Ibercaja,
Bankinter, Kutxabank, Caja Rural de Jaén (Ruralvía), Caja Rural de Castilla la
Mancha (Eurocaja Rural), en la forma establecida por dichas entidades.
Medios de pago.—Los medios de pago para la atención de la deuda serán los que figuren en el documento normalizado facilitado a tal efecto. Con carácter general, se relacionan:
— Domiciliación bancaria.
— Dinero de curso legal a través de entidades colaboradoras.
— Tarjeta bancaria, de crédito y débito, en caso de pago por:
d Internet, en la sede electrónica municipal.
d Cajeros automáticos de las entidades colaboradoras.
— Banca electrónica de las entidades colaboradoras en la recaudación, para clientes
de ese servicio de banca, en las condiciones que cada entidad establezca.
Lugares, días y horas de pago.—Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de
apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja/cajeros automáticos) la entidad
tenga establecidos o a través de su banca electrónica, si son clientes.
Los pagos por Internet, a través de la sede electrónica, cuya dirección es:
— sede.aytovillaviciosadeodon.es
Podrán efectuarse en cualquier día y hora dentro del período establecido. Las incidencias
técnicas que puedan surgir en intentos de pago fallidos realizados el último día del período,
fuera del horario de atención al público de este Ayuntamiento, no servirán como justificación
del impago en plazo.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto
en el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 24
del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En Villaviciosa de Odón, a 12 de febrero de 2025.—El concejal-delegado de Economía
y Hacienda, Federico Crespo Iglesias.
(01/2.460/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 287
BOCM-20250217-73
pales y otros ingresos de derecho público, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante
padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme los siguientes:
Plazos de pago.—Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario
fiscal para el ejercicio 2025.
En el impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto de vehículos de tracción mecánica,
impuesto de actividades económicas y en la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras, la adhesión al Plan de Cuenta Ciudadana, implicará su cobro fraccionado mediante domiciliación bancaria que se efectuará el primer día hábil del mes correspondiente.
Modalidad de pago.—La recaudación de tributos municipales y demás ingresos de
derecho público se realizará:
— Por Internet, a través de la pasarela de pago de la Sede Municipal.
— A través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander,
Banco Bilbao Vizcaya (BBVA), Banco Sabadell, Caixabank, Abanca, Ibercaja,
Bankinter, Kutxabank, Caja Rural de Jaén (Ruralvía), Caja Rural de Castilla la
Mancha (Eurocaja Rural), en la forma establecida por dichas entidades.
Medios de pago.—Los medios de pago para la atención de la deuda serán los que figuren en el documento normalizado facilitado a tal efecto. Con carácter general, se relacionan:
— Domiciliación bancaria.
— Dinero de curso legal a través de entidades colaboradoras.
— Tarjeta bancaria, de crédito y débito, en caso de pago por:
d Internet, en la sede electrónica municipal.
d Cajeros automáticos de las entidades colaboradoras.
— Banca electrónica de las entidades colaboradoras en la recaudación, para clientes
de ese servicio de banca, en las condiciones que cada entidad establezca.
Lugares, días y horas de pago.—Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de
apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja/cajeros automáticos) la entidad
tenga establecidos o a través de su banca electrónica, si son clientes.
Los pagos por Internet, a través de la sede electrónica, cuya dirección es:
— sede.aytovillaviciosadeodon.es
Podrán efectuarse en cualquier día y hora dentro del período establecido. Las incidencias
técnicas que puedan surgir en intentos de pago fallidos realizados el último día del período,
fuera del horario de atención al público de este Ayuntamiento, no servirán como justificación
del impago en plazo.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto
en el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 24
del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En Villaviciosa de Odón, a 12 de febrero de 2025.—El concejal-delegado de Economía
y Hacienda, Federico Crespo Iglesias.
(01/2.460/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791