San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20250217-68)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 40

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20250217-68

Habiéndose aprobado el expediente de modificación de las dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de Alcaldía y
concejales, en régimen de dedicación exclusiva y parcial, con las retribuciones fijadas en el
acuerdo del Pleno de 5 de febrero de 2025, se publica el mismo para su general conocimiento, dada su trascendencia:
— Dos exclusividades (Concejalía):
D. José Luis Rodríguez Lázaro, que percibirá una retribución anual bruta de 38.000,00
euros.
D.a Blanca Martínez Muela, que percibirá una retribución anual bruta de 30.000,00
euros.
— Dos parcialidades del 70% (Concejalía):
D.a Mariela Gómez Fernández, que percibirá una retribución anual bruta de 25.000,00
euros.
D. David Ocaña Sierra, que percibirá una retribución anual bruta de 26.000,00
euros.
— Dos parcialidades del 60% (Concejalías):
D.a Tamara González Berrueco, que percibirá una retribución anual bruta de 22.000,00
euros.
D.a Gloria Lucía Durán Bravo, que percibirá una retribución anual bruta de 22.000,00
euros.
— Una parcialidad del 75% (Alcaldía):
D.a Aránzazu Povedano Fraguela, que percibirá una retribución anual bruta
de 38.000,00 euros.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer
Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
San Martín de Valdeiglesias, a 6 de febrero de 2025.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.
(03/1.914/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791