D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250217-28)
Convenio –  Convenio de 30 de enero de 2025, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S. A., para la aceptación de títulos de transporte en servicios ferroviarios regionales y de media distancia en determinadas estaciones
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BOCM

LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025

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3. Una vez verificada la validez del título, la máquina autoventa le expenderá un
billete, a coste cero, para un viaje en el tren más próximo posterior a la hora que
se está realizando la operación, en este billete figurará como mínimo: número de
tren, origen, destino, hora salida y un código QR.
4. Con el billete y su tarjeta TTP, podrá acceder al tren figurado en el billete, por
la zona de torniquetes destinados al servicio de Media Distancia, aproximando
el QR del billete expedido por la máquina autoventa a los lectores situados en
los tornos.
Origen cualquier otra estación de Cercanías
1. En el caso que la estación de origen sea una estación de Cercanías distinta a
Madrid Príncipe Pío, la entrada se realizará desde la estación origen acercando
la TTP de Madrid C2 a los lectores situados en los tornos o canceladoras. Se
realizará transbordo en Madrid Príncipe Pío y se accederá al tren de Media
Distancia directamente.
2. A bordo del tren, el personal encargado de la intervención en ruta leerá la TTP
y, si el viajero ha entrado en una estación distinta de Madrid Príncipe Pio en el
que no esté operativa la máquina autoventa, le emitirá un billete al objeto de
regularizar el viaje.
Control de acceso y en ruta
El personal encargado de los controles de acceso y de la intervención en ruta,
deberá comprobar que el viajero cuyo origen sean la estación de Sta. María de
la Alameda, Robledo, Zarzalejo o Madrid Príncipe Pio, ha accedido a un tren de
Media Distancia con el billete expedido por la máquina autoventa y la TTP de
Madrid C2.
En el caso de que el origen sea una estación del Núcleo de Cercanías de Madrid
distinta a las mencionadas anteriormente, deberá comprobar que ha validado la
TTP en el torno o canceladora al inicio del viaje. Se excluyen las estaciones
intermedias del trayecto Madrid Príncipe Pío - Zarzalejo.
En ambos casos, si no se cumplen los requerimientos descritos para viajar, se le
considerará viajero desprovisto de billete válido para viajar y se actuará conforme
a lo establecido en la Tarifa Especial N.º 1 “Viajeros sin título de transporte válido.
Prolongación de recorrido. Mejora de clase”.
Sólo en caso de incidencia técnica, si el viajero no ha podido obtener billete para
un tren de Media Distancia, se dirigirá al personal que realiza la intervención a
bordo del tren para que le expida un billete a coste cero, a través de terminal de
venta en ruta, al objeto de formalizar el viaje.

BOCM-20250217-28

B.O.C.M. Núm. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID