Torrelaguna (BOCM-20250214-89)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 38
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
TORRELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250214-89
El Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna (Madrid), en sesión extraordinaria celebrada el 13 de febrero de 2025, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza fiscal de
la tasa por prestación de servicio de gestión de residuos urbanos.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
a) Plazo de información pública, audiencia y presentación de reclamaciones: treinta
días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro del Ayuntamiento, presencialmente o en sede
electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna.
Torrelaguna, a 13 de febrero de 2025.—El alcalde, Víctor José Gutiérrez Sánchez.
(03/2.387/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 220
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VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 38
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
TORRELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250214-89
El Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna (Madrid), en sesión extraordinaria celebrada el 13 de febrero de 2025, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza fiscal de
la tasa por prestación de servicio de gestión de residuos urbanos.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
a) Plazo de información pública, audiencia y presentación de reclamaciones: treinta
días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro del Ayuntamiento, presencialmente o en sede
electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna.
Torrelaguna, a 13 de febrero de 2025.—El alcalde, Víctor José Gutiérrez Sánchez.
(03/2.387/25)
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ISSN 1989-4791