C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250214-14)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 31 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 48

VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 38

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
14

ORDEN de 31 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024,
por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con
su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes
de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de
fecha 7 de marzo de 2024 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96 de 14 de marzo de 2024).
En estos momentos se ha detectado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial la necesidad de modificar el citado Plan estratégico de subvenciones en su apartado 6.5.b) VIII “Subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones para el impulso de
la vivienda en municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid”,
para ajustarlo a la disponibilidad presupuestaria y a los plazos de ejecución.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad, en relación con el artículo 50.3 de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y
en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
DISPONGO
Primero
Objeto de la Orden
Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:
Uno. Se modifica el punto 3 del epígrafe VIII del apartado 6.5.b) del Anexo de la citada Orden, que pasa a tener la siguiente redacción:
Dos. Se modifica el punto 4 del epígrafe VIII del apartado 6.5.b) del Anexo de la citada Orden, que pasa a tener la siguiente redacción:
«4. Previsión de costes y fuente de financiación: el crédito propuesto previsto para
estas ayudas será el siguiente:
2024

2025

5.000.000,00 €

15.000.000,00

BOCM-20250214-14

“Plazo de consecución: años 2024-2027”.