Cubas de la Sagra (BOCM-20250213-50)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 37
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250213-50
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y una vez transcurrido el período de exposición pública mediante anuncio publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 285, de 29 de noviembre de 2024,
sin que se hayan presentado alegaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo de aprobación
inicial de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
adoptado en sesión plenaria de 3 de octubre de 2024, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 70.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Artículo 8. Bonificaciones.—Se suprime el apartado 6 del artículo 8 referente a las
bonificaciones:
“Artículo 8. Bonificaciones.—8.6. Bonificación por la instalación de sistemas de
aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar”.
Contra este acuerdo, conforme al art. 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, en el plazo de dos meses contado desde la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cubas de la Sagra, a 23 de enero de 2025.—El alcalde, Antonio Naranjo Martín.
(03/1.691/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 174
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JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 37
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250213-50
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y una vez transcurrido el período de exposición pública mediante anuncio publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 285, de 29 de noviembre de 2024,
sin que se hayan presentado alegaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo de aprobación
inicial de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
adoptado en sesión plenaria de 3 de octubre de 2024, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 70.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Artículo 8. Bonificaciones.—Se suprime el apartado 6 del artículo 8 referente a las
bonificaciones:
“Artículo 8. Bonificaciones.—8.6. Bonificación por la instalación de sistemas de
aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar”.
Contra este acuerdo, conforme al art. 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, en el plazo de dos meses contado desde la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cubas de la Sagra, a 23 de enero de 2025.—El alcalde, Antonio Naranjo Martín.
(03/1.691/25)
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ISSN 1989-4791