Puentes Viejas (BOCM-20250212-55)
Régimen económico. Calendario fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 36
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
PUENTES VIEJAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero
de 2025, aprobó por unanimidad el calendario fiscal para el ejercicio 2025, de conformidad
con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se procede a la publicación conjunta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sede electrónica municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, por plazo
de un mes, de los siguientes anuncios correspondientes a las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en
el ejercicio 2025:
— Calendario fiscal.
— Período de exposición pública de los padrones o matrículas, a efectos de notificación y recurso.
— Anuncios de cobranza de cada uno de los tributos.
Calendario de recaudación del ejercicio fiscal
Del 1 de julio al 30 de septiembre:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IMVTM).
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales
(IBI).
— Impuesto actividades económicas (IAE).
— Tasa de recogida de basura.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público (instalaciones ganaderas).
— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía
pública para aparcamiento exclusivo y para carga y descarga.
Exposición pública de padrones
Los obligados tributarios podrán examinar los contenidos en los padrones por plazo de
un mes a contar desde el día de inicio de los respectivos períodos de cobro indicados, en las
dependencias municipales. La información relativa a los datos de los padrones o matrículas
solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado. El acceso
a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de
exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme
los siguientes:
Plazos de pago: los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal
para el ejercicio 2025.
BOCM-20250212-55
Anuncio de cobranza
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MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 36
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
PUENTES VIEJAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero
de 2025, aprobó por unanimidad el calendario fiscal para el ejercicio 2025, de conformidad
con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se procede a la publicación conjunta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sede electrónica municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, por plazo
de un mes, de los siguientes anuncios correspondientes a las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, que se gestionan mediante padrones fiscales o matrículas en
el ejercicio 2025:
— Calendario fiscal.
— Período de exposición pública de los padrones o matrículas, a efectos de notificación y recurso.
— Anuncios de cobranza de cada uno de los tributos.
Calendario de recaudación del ejercicio fiscal
Del 1 de julio al 30 de septiembre:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IMVTM).
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales
(IBI).
— Impuesto actividades económicas (IAE).
— Tasa de recogida de basura.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público (instalaciones ganaderas).
— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía
pública para aparcamiento exclusivo y para carga y descarga.
Exposición pública de padrones
Los obligados tributarios podrán examinar los contenidos en los padrones por plazo de
un mes a contar desde el día de inicio de los respectivos períodos de cobro indicados, en las
dependencias municipales. La información relativa a los datos de los padrones o matrículas
solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado. El acceso
a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de
exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme
los siguientes:
Plazos de pago: los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal
para el ejercicio 2025.
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