C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250212-9)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 36
MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 33
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
9
ORDEN de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024,
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 14 de marzo de 2024). Dicho Plan ha sido
modificado por las Órdenes de 9 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 174, de 23 de julio de 2024), de 30 de septiembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 246, de 15 de octubre de 2024), de 7 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 21 de
octubre de 2024, y número 253, de 23 de octubre de 2024), de 14 de noviembre de 2024
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de 29 de noviembre),
de 29 de noviembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 13 de noviembre de 2024) y de 2 de diciembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2024.
Por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración
de Justicia se ha considerado la necesidad de modificar el citado Plan estratégico de subvenciones en su apartado 6.1.a) “Líneas de subvención en régimen de concesión directa”,
con el objeto de adaptarlo a lo dispuesto en la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 que recoge un incremento
de la cuantía destinada a las subvenciones de asistencia jurídica gratuita y turno de oficio al
Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid y al Consejo General de
Procuradores de los Tribunales de España, así como la supresión de la subvención destinada al Colegio de Psicólogos.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 50.3
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local,
Primero
Objeto de la Orden
Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en los siguientes términos:
BOCM-20250212-9
DISPONGO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 36
MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 33
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
9
ORDEN de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024,
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 14 de marzo de 2024). Dicho Plan ha sido
modificado por las Órdenes de 9 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 174, de 23 de julio de 2024), de 30 de septiembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 246, de 15 de octubre de 2024), de 7 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 21 de
octubre de 2024, y número 253, de 23 de octubre de 2024), de 14 de noviembre de 2024
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de 29 de noviembre),
de 29 de noviembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 13 de noviembre de 2024) y de 2 de diciembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2024.
Por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración
de Justicia se ha considerado la necesidad de modificar el citado Plan estratégico de subvenciones en su apartado 6.1.a) “Líneas de subvención en régimen de concesión directa”,
con el objeto de adaptarlo a lo dispuesto en la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 que recoge un incremento
de la cuantía destinada a las subvenciones de asistencia jurídica gratuita y turno de oficio al
Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid y al Consejo General de
Procuradores de los Tribunales de España, así como la supresión de la subvención destinada al Colegio de Psicólogos.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 50.3
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local,
Primero
Objeto de la Orden
Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en los siguientes términos:
BOCM-20250212-9
DISPONGO