Torrejón de Ardoz (BOCM-20250211-87)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 35
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de 3 de febrero de 2025, aprobada por acuerdo de Junta de
Gobierno Local (punto número 14), por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria “Premios por la participación, concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena para el Carnaval 2025” del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a
través de la Concejalía de Festejos (código: 2025/2025/3/640804/000).
Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de los premios los
grupos, colectivos y/o asociaciones que hayan de realizar la actividad que fundamentó su
otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Podrán participar en los actos programados por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con motivo de las Fiestas del Carnaval y ser beneficiarios, a efectos de lo recogido en
la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los grupos, colectivos y/o asociaciones y peñas
que estén dadas de alta como entidad y constituidos como entidad jurídica en el Registro de
Asociaciones Municipales que cumplan los siguientes requisitos:
Haber presentado la solicitud en tiempo y forma de acuerdo con lo recogido en las presentes bases.
Para los premios por participación en los Carnavales 2025, los grupos, colectivos y/o
asociaciones deberán participar al completo y de una forma activa en los actos programados para los días 1 y 2 de marzo y haber participado en la edición anterior, salvo causa excepcional y suficientemente justificada, esta justificación será valorada por los técnicos municipales, sin posibilidad de apelación. Aquellos grupos, colectivos y/o asociaciones que
participen por primera vez en el desfile no tendrán derecho a la percepción de este premio.
La organización comprobará en el lugar de salida del desfile la presencia de las agrupaciones conforme a la ficha de inscripción presentada.
Presentar un número mínimo de veinte (20) integrantes de la entidad a los desfiles.
Que todos los miembros de las entidades vayan ataviados con atuendos propios del
carnaval con una mínima calidad artística, debiendo ser iguales o integrados en el motivo
carnavalesco elegido, sin que pueda coincidir con el utilizado en alguna de las tres últimas
ediciones.
Velar en todo momento por la seguridad de los participantes y público, en mayor medida si son acompañados de algún tipo de artilugio o artefacto, quedando prohibida la utilización de cualquier material pirotécnico.
Obedecer las instrucciones que les indiquen la Organización, Policía Local y Protección Civil durante todo el recorrido.
Aquellas entidades que no se inscribiesen al concurso en plazo o no cumpliesen todos
los requisitos descritos, tendrán derecho a participar en el desfile, no así, a optar a ninguno
de los distintos premios que regulan estas bases.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de las agrupaciones participantes en el Carnaval, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de premios a la participación de los diferentes grupos, así
como los premios derivados del concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Estas bases tienen como objeto fomentar la participación de grupos, colectivos y/o
asociaciones, comparsas y peñas que estén constituidas legalmente como una entidad para
mayor vistosidad de estas fiestas.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
BOCM-20250211-87
BDNS: 812771
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 35
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de 3 de febrero de 2025, aprobada por acuerdo de Junta de
Gobierno Local (punto número 14), por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria “Premios por la participación, concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena para el Carnaval 2025” del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a
través de la Concejalía de Festejos (código: 2025/2025/3/640804/000).
Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de los premios los
grupos, colectivos y/o asociaciones que hayan de realizar la actividad que fundamentó su
otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Podrán participar en los actos programados por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con motivo de las Fiestas del Carnaval y ser beneficiarios, a efectos de lo recogido en
la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los grupos, colectivos y/o asociaciones y peñas
que estén dadas de alta como entidad y constituidos como entidad jurídica en el Registro de
Asociaciones Municipales que cumplan los siguientes requisitos:
Haber presentado la solicitud en tiempo y forma de acuerdo con lo recogido en las presentes bases.
Para los premios por participación en los Carnavales 2025, los grupos, colectivos y/o
asociaciones deberán participar al completo y de una forma activa en los actos programados para los días 1 y 2 de marzo y haber participado en la edición anterior, salvo causa excepcional y suficientemente justificada, esta justificación será valorada por los técnicos municipales, sin posibilidad de apelación. Aquellos grupos, colectivos y/o asociaciones que
participen por primera vez en el desfile no tendrán derecho a la percepción de este premio.
La organización comprobará en el lugar de salida del desfile la presencia de las agrupaciones conforme a la ficha de inscripción presentada.
Presentar un número mínimo de veinte (20) integrantes de la entidad a los desfiles.
Que todos los miembros de las entidades vayan ataviados con atuendos propios del
carnaval con una mínima calidad artística, debiendo ser iguales o integrados en el motivo
carnavalesco elegido, sin que pueda coincidir con el utilizado en alguna de las tres últimas
ediciones.
Velar en todo momento por la seguridad de los participantes y público, en mayor medida si son acompañados de algún tipo de artilugio o artefacto, quedando prohibida la utilización de cualquier material pirotécnico.
Obedecer las instrucciones que les indiquen la Organización, Policía Local y Protección Civil durante todo el recorrido.
Aquellas entidades que no se inscribiesen al concurso en plazo o no cumpliesen todos
los requisitos descritos, tendrán derecho a participar en el desfile, no así, a optar a ninguno
de los distintos premios que regulan estas bases.
Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de las agrupaciones participantes en el Carnaval, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de premios a la participación de los diferentes grupos, así
como los premios derivados del concurso de disfraces, elementos decorativos, sardina y puesta en escena en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Estas bases tienen como objeto fomentar la participación de grupos, colectivos y/o
asociaciones, comparsas y peñas que estén constituidas legalmente como una entidad para
mayor vistosidad de estas fiestas.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
BOCM-20250211-87
BDNS: 812771