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Convenio –  Convenio de 22 de enero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Alessio Natale para la realización de prácticas externas de los alumnos del Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 35

D. Las prácticas se desarrollarán durante el periodo lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
E. El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como alumno del Conservatorio Superior de Danza
“María de Ávila”. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal
efecto del tutor de prácticas de Alessio Natale . En caso de ausencia o retraso, el
alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del centro de prácticas en el mismo
momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
F. Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán
carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo
con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una
contratación en régimen laboral por parte de Alessio Natale , se considerará que
el alumno abandona las prácticas, debiendo la misma comunicar este hecho al director del centro educativo.
G. En el supuesto en que el estudiante se incorpore a la plantilla de Alessio Natale
tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio, el tiempo de
realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en contra en el
convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella, ni eximirá al
estudiante de la superación del período de prueba.
H. Alessio Natale podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en
reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa comunicación al
Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila” especificando las causas concretas de la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.
I. Con anterioridad al inicio efectivo del periodo de prácticas, la dirección del Conservatorio Superior de Danza “María de Ávila”, el tutor de las prácticas designado por Alessio Natale y el alumno que realizará las prácticas firmarán el anexo 1
a este convenio. Se firmará un anexo por cada alumno que realice prácticas.
J. La evaluación y calificación de la asignatura de prácticas externas se realizará por
el profesor-tutor designado por el Conservatorio Superior de Danza “María de
Ávila”, teniendo en cuenta el informe del tutor de prácticas de Alessio Natale .
Sexta
Otras medidas en materia social, laboral y de empleo
En relación con la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación será de aplicación la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, la Comunidad de Madrid asumirá la gestión derivada
de las obligaciones con la Seguridad Social y el pago de las cotizaciones de la Seguridad
Social, de los estudiantes en prácticas externas a que se refiere este convenio, con arreglo a
las prescripciones y previsiones fijadas legalmente.
Séptima
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Octava
Régimen de modificación y plazo de vigencia
El perfeccionamiento del convenio se producirá cuando firme el representante de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y su vigencia será de cuatro años desde
el perfeccionamiento del convenio.

BOCM-20250211-28

Compromisos económicos asumidos por las parte