B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250211-2)
Concurso específico – Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo singularizado de Jefe de Sección de Toxicología en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 17
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
Quinto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y que estará compuesta por:
a) Dos funcionarios de Grupo A1 de la Comunidad de Madrid, de los que uno será
nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión.
b) Cuatro médicos forenses que serán designados, dos por la Administración y dos a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirá por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá
por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en
la interpretación y aplicación de estas normas.
Sexto
Adjudicación de puesto de trabajo
1. La Comisión de Valoración propondrá al candidato que hayan obtenido la mayor
puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases y, en caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. La Comisión de Valoración redactará la propuesta de candidatos, con expresión
de la puntuación obtenida en cada fase.
3. Este acuerdo será expuesto en la publicada en la página web de la Comunidad de
Madrid y contra el mismo, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del día de su publicación.
4. La Comisión de Valoración resolverá las alegaciones que se presenten en relación
con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de candidato que elevará a la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
quien dictará la Resolución definitiva. La resolución del concurso se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”
Séptimo
Plazo de resolución
El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde el
siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Octavo
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
BOCM-20250211-2
Recursos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 17
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
Quinto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y que estará compuesta por:
a) Dos funcionarios de Grupo A1 de la Comunidad de Madrid, de los que uno será
nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión.
b) Cuatro médicos forenses que serán designados, dos por la Administración y dos a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirá por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá
por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en
la interpretación y aplicación de estas normas.
Sexto
Adjudicación de puesto de trabajo
1. La Comisión de Valoración propondrá al candidato que hayan obtenido la mayor
puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases y, en caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. La Comisión de Valoración redactará la propuesta de candidatos, con expresión
de la puntuación obtenida en cada fase.
3. Este acuerdo será expuesto en la publicada en la página web de la Comunidad de
Madrid y contra el mismo, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del día de su publicación.
4. La Comisión de Valoración resolverá las alegaciones que se presenten en relación
con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de candidato que elevará a la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
quien dictará la Resolución definitiva. La resolución del concurso se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”
Séptimo
Plazo de resolución
El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde el
siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Octavo
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
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