Alpedrete (BOCM-20250207-47)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 32
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
ALPEDRETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250207-47
Habiendo sido aprobados mediante decreto del concejal de Hacienda y Contratación
número 135/2025, de 6 de febrero de 2025, los padrones fiscales que se citan a continuación,
todos correspondientes al ejercicio 2025, se exponen al público por el plazo de veinte días
en las oficinas de la Casa Consistorial, sita en la plaza de la Villa, número 1, a contar desde
el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlos e
interponer las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas:
1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).
2. Tasa por ocupación de la vía pública con terrazas, mesas y sillas.
3. Tasa por ocupación de la vía pública por entrada de vehículos a través de la acera
(vados y contravados).
La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva de los padrones
citados y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.
La cobranza de los citados padrones tendrá lugar, en período voluntario, durante dos
meses, desde el día 3 de marzo al 5 de mayo de 2025 (ambos inclusive) en el domicilio de
las entidades colaboradoras siguientes: Caixabank, Banco Santander y BBVA.
También podrá realizarse el pago de los recibos a través de la web municipal, accediendo a la sede electrónica, pagos on line. El pago por internet requiere de la posesión de
tarjeta bancaria emitida por cualquier entidad (Visa-Classic, Visa-Oro, Visa-Electrón, Mastercard o Eurocard).
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en
su caso, las costas que se produzcan de conformidad de lo dispuesto en los artículos 26, 28
y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Contra los padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos, los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición ante el concejal-delegado de Hacienda y
Contratación, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la
fecha de finalización del período de exposición pública del padrón correspondiente.
Alpedrete, a 6 de febrero de 2025.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(01/1.931/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Habiendo sido aprobados mediante decreto del concejal de Hacienda y Contratación
número 135/2025, de 6 de febrero de 2025, los padrones fiscales que se citan a continuación,
todos correspondientes al ejercicio 2025, se exponen al público por el plazo de veinte días
en las oficinas de la Casa Consistorial, sita en la plaza de la Villa, número 1, a contar desde
el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los legítimamente interesados puedan examinarlos e
interponer las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas:
1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).
2. Tasa por ocupación de la vía pública con terrazas, mesas y sillas.
3. Tasa por ocupación de la vía pública por entrada de vehículos a través de la acera
(vados y contravados).
La exposición pública producirá los efectos de notificación colectiva de los padrones
citados y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.
La cobranza de los citados padrones tendrá lugar, en período voluntario, durante dos
meses, desde el día 3 de marzo al 5 de mayo de 2025 (ambos inclusive) en el domicilio de
las entidades colaboradoras siguientes: Caixabank, Banco Santander y BBVA.
También podrá realizarse el pago de los recibos a través de la web municipal, accediendo a la sede electrónica, pagos on line. El pago por internet requiere de la posesión de
tarjeta bancaria emitida por cualquier entidad (Visa-Classic, Visa-Oro, Visa-Electrón, Mastercard o Eurocard).
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en
su caso, las costas que se produzcan de conformidad de lo dispuesto en los artículos 26, 28
y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Contra los padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos, los legítimamente interesados podrán interponer recurso de reposición ante el concejal-delegado de Hacienda y
Contratación, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la
fecha de finalización del período de exposición pública del padrón correspondiente.
Alpedrete, a 6 de febrero de 2025.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(01/1.931/25)
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