C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250206-26)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 5673/2024, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 124

JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 31

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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EXTRACTO de la Orden 5673/2024, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 las
ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica
(Start-up).
BDNS (Identif.): 810334

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en la página web
institucional de la Comunidad de Madrid ( www.madrid.org ).
Primero
Entidades beneficiarias
Jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2.
Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamente como
empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica
dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contar con capacidad
administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se conceda
y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
Las ayudas se destinarán a la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base
tecnológica en la Comunidad de Madrid.
El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estas ayudas
y de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y
de innovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrollo regional por la estrategia regional de investigación e innovación para una especialización inteligente (S3).
Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Tercero

Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para
el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymes innovadoras (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 12 de julio de 2022).
Cuarto
Cuantía de las ayudas
El crédito presupuestario para financiar la Línea 2 de actuación (consolidación de jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad) es de 1.652.679 euros.

BOCM-20250206-26

Bases reguladoras