C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250205-37)
Bien de interés cultural –  Decreto 2/2025, de 29 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de San Vicente Mártir en Braojos de la Sierra (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 30

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 145

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 2/2025, de 29 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de San Vicente Mártir en Braojos de la Sierra (Madrid).

Con base en el informe emitido por los Servicios Técnicos del Área de Catalogación de
Bienes Culturales de la Subdirección General de Patrimonio Histórico; de conformidad con
lo establecido en los artículos 4, 12, 18 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de
Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid; visto que la iglesia parroquial de San Vicente Mártir de Braojos de la Sierra constituye una construcción compleja pero de notable interés arquitectónico e histórico, que se fecha entre los siglos XV y XVII fundamentalmente,
con restos de siglos anteriores, y muestra del clasicismo ornamentado, excepcional en esta
zona norte de la Comunidad de Madrid; en virtud de las competencias establecidas en el artículo 5.2.b) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre de 2023), la Dirección General
de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, mediante Resolución de 28 de febrero de 2024,
incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.
En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Braojos de la Sierra, interesándole su exhibición en su tablón
de anuncios por el plazo de un mes, y al Arzobispado de Madrid, y se solicita informe a la
Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, y se publica en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar
desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (13 de marzo de 2024), a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de
Cultura y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 31770 y RBIC-2024-000001 y
en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 19, 20 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en
el trámite de audiencia concedido, en reunión celebrada de 19 de marzo de 2024, muestra su
conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución del Director General de Patrimonio Cultural de 28 de febrero de 2024 por la que se incoa expediente de declaración de
Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de la iglesia parroquial de San Vicente Mártir en Braojos.
La Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas
Artes de San Fernando, en su reunión de 15 de abril de 2024, acordó emitir informe en el
que se concluye que la Iglesia de San Vicente Mártir de Braojos de la Sierra bien merece
gozar de la protección legal que garantice en el futuro su adecuada conservación, por lo que
a entender de esta corporación se justifica su declaración como Bien de Interés Cultural.
Se reciben alegaciones que son estudiadas, informadas, incorporadas al expediente y
contestadas en sentido desestimatorio. Por todo ello, se reitera la propuesta técnica inicial.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 8/2023,
de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación en su
reunión del día 29 de enero de 2025,

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