C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250203-23)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2520/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2025
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 28
LUNES 3 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 133
Cuarto
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 1.647.181 de euros. Se adjudicarán las ayudas
a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60
puntos en aplicación de los criterios establecidos en la convocatoria, por los importes que se
desglosan a continuación:
— Largometraje de animación: 40.000 euros por ayuda para financiar 4 proyectos.
— Largometraje de ficción o documental: 30.199 euros por ayuda para financiar 36
proyectos.
— Series de animación: 40.000 euros por ayuda para financiar 4 proyectos.
— Series de ficción y documental: 30.000 euros por ayuda para financiar 8 proyectos.
En el caso de que algún proyecto seleccionado solicitase menos cantidad o tuviese un
presupuesto inferior en el período subvencionable se adjudicará el importe solicitado o el
que se ajuste a su presupuesto.
En el caso de que, de la valoración de las solicitudes presentadas en alguna de las modalidades, no fuera posible adjudicar la totalidad de los proyectos previstos, se podrá incrementar el número de proyectos en otra modalidad, sin que en ningún caso se puedan adjudicar ayudas por un importe superior al previsto para la totalidad de la convocatoria, 1.647.181 de euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sexto
Período subvencionable
Desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 2 de noviembre de 2025.
Séptimo
Plazo de justificación
Hasta el 10 de noviembre del año 2025.
En Madrid, a 26 de diciembre de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
BOCM-20250203-23
(03/1.222/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 28
LUNES 3 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 133
Cuarto
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 1.647.181 de euros. Se adjudicarán las ayudas
a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60
puntos en aplicación de los criterios establecidos en la convocatoria, por los importes que se
desglosan a continuación:
— Largometraje de animación: 40.000 euros por ayuda para financiar 4 proyectos.
— Largometraje de ficción o documental: 30.199 euros por ayuda para financiar 36
proyectos.
— Series de animación: 40.000 euros por ayuda para financiar 4 proyectos.
— Series de ficción y documental: 30.000 euros por ayuda para financiar 8 proyectos.
En el caso de que algún proyecto seleccionado solicitase menos cantidad o tuviese un
presupuesto inferior en el período subvencionable se adjudicará el importe solicitado o el
que se ajuste a su presupuesto.
En el caso de que, de la valoración de las solicitudes presentadas en alguna de las modalidades, no fuera posible adjudicar la totalidad de los proyectos previstos, se podrá incrementar el número de proyectos en otra modalidad, sin que en ningún caso se puedan adjudicar ayudas por un importe superior al previsto para la totalidad de la convocatoria, 1.647.181 de euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sexto
Período subvencionable
Desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 2 de noviembre de 2025.
Séptimo
Plazo de justificación
Hasta el 10 de noviembre del año 2025.
En Madrid, a 26 de diciembre de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
BOCM-20250203-23
(03/1.222/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791