D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250203-37)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica LAN Buitrago de Lozoya y su línea de evacuación en el polígono 2, parcela 1 del término municipal de Buitrago de Lozoya, solicitado por Castellana de Desarrollos Solares, S. L.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE FEBRERO DE 2025

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Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento
de Buitrago de Lozoya, Canal de Isabel II, Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de
la DG de Promoción Económica e Industrial, DG de Carreteras, Confederación Hidrográfica del Tajo y Área de Vías Pecuarias de la DG de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, Canal de Isabel II y Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la DG de Promoción Económica e Industrial.
Se recibe de la DG de Carreteras con fecha 19 de abril de 2023 y referencia
06/069697.9/23, informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 23 de junio de 2023 y referencia 10/671806.9/23.
Se recibe de la Confederación Hidrográfica del Tajo con fecha 6 de junio de 2023 y referencia 10/597219.9/23 informe favorable con condicionados, los cuales son aceptados
por el titular en fecha 23 de junio de 2023 y referencia 10/671806.9/23.
Se recibe del Área de Vías Pecuarias de la DG de Agricultura, Ganadería y Alimentación con fecha 1 de septiembre de 2023 y referencia 10/854747.9/23 informe desfavorable,
hecho tras el cual, el titular presenta reparos al mismo con una nueva propuesta de acceso
con fecha 26 de febrero de 2024 y referencia 10/173208.9/24; la cual es trasladada al Área
de Vías Pecuarias con fecha 25 de septiembre de 2024, así como a la DG de Carreteras con
fecha 30 de septiembre de 2024; afectada esta última también por el cambio propuesto, para
que se pronuncien en el plazo de quince días.
Habiéndose cumplido el plazo de quince días concedido, no se recibe contestación de
la DG de Carreteras.
Sí se recibe del Área de Vías Pecuarias con fecha 24/10/2024 y referencia 10/903921.9/24
informe desfavorable a la nueva propuesta de acceso planteada por el titular; hecho tras el cual,
el titular presenta una segunda propuesta de acceso con fecha 07 de noviembre de 2024 y referencia 30/013549.9/24; la cual es trasladada al Área de Vías Pecuarias con fecha 08 de noviembre de 2024, así como a la DG de Carreteras con fecha 13 de noviembre de 2024; afectada esta
última también por el cambio propuesto, para que se pronuncien en el plazo de quince días.
Habiéndose cumplido el plazo de quince días concedido, no se ha recibido contestación de la DG de Carreteras.
Se recibe del Área de Vías Pecuarias con fecha 18 de diciembre de 2024 y referencia 30/140281.9/24 informe favorable, el cual es aceptado por el titular con fecha 18 de diciembre de 2024 y referencia 30/157989.9/24.
Quinto
En la tramitación del expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía
y minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de trasporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del
Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones
de energía eléctrica de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se establecen los formularios y modelos de presentación de solicitudes en los procedimientos de autorización de instalaciones de alta tensión en la Comunidad de Madrid; el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; el Reglamento Electrotécnico para
Baja Tensión, aprobado mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto; el Reglamento
sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus
instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por Real Decre-

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