Colmenar Viejo (BOCM-20250131-63)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 26
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 275
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo establecido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación, se ha emitido decreto de la primera tenencia de Alcaldía 88/2025,
de 20 de enero de 2025, en el que se aprueba el calendario fiscal para el cobro de tributos
municipales correspondientes al ejercicio 2025, que fija las siguientes condiciones:
IMPUESTO
FECHAS DE COBRO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica (IVTM)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
SEP primer plazo: 20 de abril
SEP segundo plazo: 20 de junio
Tasa por entradas de vehículos a través de aceras (vados)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
Impuesto sobre gastos suntuarios (cotos de caza)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Rústica, Urbana, BICES)
Del 03 septiembre al 15 de noviembre
Domiciliaciones ordinarias: 01 octubre
SEP primer plazo: 30 de junio
SEP segundo plazo: 30 de octubre
Tasa por el servicio de recogida de resíduos
Para este primer año, la fecha de cobro comenzará a partir del día siguiente
al de la notificación de la liquidación a cada contribuyente, según 62.2 LGT
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Del 03 septiembre al 15 de noviembre
Domiciliaciones ordinarias: 01 octubre
BOCM-20250131-63
Colmenar Viejo, a 21 de enero de 2025.—La primera teniente de alcalde, Belén
Colmenarejo Collado.
(01/1.001/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 26
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
Pág. 275
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo establecido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación, se ha emitido decreto de la primera tenencia de Alcaldía 88/2025,
de 20 de enero de 2025, en el que se aprueba el calendario fiscal para el cobro de tributos
municipales correspondientes al ejercicio 2025, que fija las siguientes condiciones:
IMPUESTO
FECHAS DE COBRO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica (IVTM)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
SEP primer plazo: 20 de abril
SEP segundo plazo: 20 de junio
Tasa por entradas de vehículos a través de aceras (vados)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
Impuesto sobre gastos suntuarios (cotos de caza)
Del 21 de abril al 4 de julio
Domiciliaciones ordinarias: 02 de junio
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Rústica, Urbana, BICES)
Del 03 septiembre al 15 de noviembre
Domiciliaciones ordinarias: 01 octubre
SEP primer plazo: 30 de junio
SEP segundo plazo: 30 de octubre
Tasa por el servicio de recogida de resíduos
Para este primer año, la fecha de cobro comenzará a partir del día siguiente
al de la notificación de la liquidación a cada contribuyente, según 62.2 LGT
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Del 03 septiembre al 15 de noviembre
Domiciliaciones ordinarias: 01 octubre
BOCM-20250131-63
Colmenar Viejo, a 21 de enero de 2025.—La primera teniente de alcalde, Belén
Colmenarejo Collado.
(01/1.001/25)
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ISSN 1989-4791