El Molar (BOCM-20250130-63)
Urbanismo. Encomienda gestión
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 25

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025

Pág. 199

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63

EL MOLAR
URBANISMO

BOCM-20250130-63

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de encomienda de gestión en
materia de urbanismo entre los ayuntamientos de El Molar y Guadalix de la Sierra, se publica el convenio suscrito en la sede electrónica ( https://elmolar.sedelectronica.es ) para
su formalización para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 11.3.b) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia
con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente
a su derecho.
El Molar, a 20 de enero de 2025.—El alcalde, Borja Díaz de la Morena.
(03/913/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791