D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (BOCM-20250130-39)
Convocatoria contrato – Resolución de 17 de enero de 2025, del Consejero Delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria, por la que se hace pública la convocatoria de licitación del contrato de “Obras de construcción del centro hospitalario de cuidados y recuperación funcional Sierra Norte,” por procedimiento abierto con pluralidad de criterios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 25
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025
Pág. 145
Procede: No.
1.
Condiciones de participación:
a) Requisitos de los operadores económicos:
a.1) Solvencia económica y financiera: Artículo 87 de la Ley 9/2017.
Criterios de selección: El volumen global de negocios referido al mejor ejercicio
dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser al menos una vez y media el
valor estimado del contrato.
Importe a acreditar: 31.505.220,20 euros.
Acreditación de estos requisitos: Mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que
corresponda. Si no hubiese vencido el plazo de presentación y no se encuentran
depositadas, deberán presentarse acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán
su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En las UTE se contabilizará la suma del volumen de negocios de cada una de sus
empresas componentes.
a.2) Solvencia técnica: Artículo 88 de la LCSP.
Teniendo en cuenta que el objeto del contrato es la ejecución de una obra se ha considerado como más ajustado para acreditar la solvencia técnica de los empresarios
licitadores la aplicación de los apartados siguientes del artículo 88 de la LCSP:
Artículo 88, apartado 1.a):
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada
por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las
fechas de inicio y final de las obras, y el lugar de ejecución de las mismas, y se
precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
Criterios de selección: Presentación de una tabla donde se especificarán las
obras efectuadas en los diez años anteriores a la fecha de finalización del plazo
de presentación de proposiciones, del mismo grupo o subgrupo de clasificación
que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de
mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del
contrato.
Importe a acreditar: 14.702.436,10 euros.
Se llevará a cabo mediante la presentación de una tabla donde se especificarán las
obras efectuadas en los diez años anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de proposiciones, avalada por certificados de buena ejecución.
En dicha tabla, se señalarán expresamente aquellas obras de las que se aportan
los certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las
fechas de inicio y final de las obras, y el lugar de ejecución de las obras, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá
aplicar al ejecutar el contrato.
Se considera adecuado exigir además este medio de acreditación ya que el proyecto prevé la obtención de una certificación ambiental VERDE, otorgada por
el Green Building Council España (GBCe), para el edificio construido, dentro
de su categoría, con una puntuación mínima prevista de “2 hojas”.
Criterio de selección: El licitador deberá acreditar, en la fecha final de presentación de ofertas y en el momento de la perfección del contrato, tener implantado
en la empresa un Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales EMAS
(Eco-Management and Audit Scheme) o similar, así como la emisión del certificado por su correspondiente organismo emisor autorizado.
BOCM-20250130-39
Artículo 88, apartado 1.d):
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 25
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025
Pág. 145
Procede: No.
1.
Condiciones de participación:
a) Requisitos de los operadores económicos:
a.1) Solvencia económica y financiera: Artículo 87 de la Ley 9/2017.
Criterios de selección: El volumen global de negocios referido al mejor ejercicio
dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser al menos una vez y media el
valor estimado del contrato.
Importe a acreditar: 31.505.220,20 euros.
Acreditación de estos requisitos: Mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que
corresponda. Si no hubiese vencido el plazo de presentación y no se encuentran
depositadas, deberán presentarse acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán
su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En las UTE se contabilizará la suma del volumen de negocios de cada una de sus
empresas componentes.
a.2) Solvencia técnica: Artículo 88 de la LCSP.
Teniendo en cuenta que el objeto del contrato es la ejecución de una obra se ha considerado como más ajustado para acreditar la solvencia técnica de los empresarios
licitadores la aplicación de los apartados siguientes del artículo 88 de la LCSP:
Artículo 88, apartado 1.a):
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada
por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las
fechas de inicio y final de las obras, y el lugar de ejecución de las mismas, y se
precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
Criterios de selección: Presentación de una tabla donde se especificarán las
obras efectuadas en los diez años anteriores a la fecha de finalización del plazo
de presentación de proposiciones, del mismo grupo o subgrupo de clasificación
que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de
mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del
contrato.
Importe a acreditar: 14.702.436,10 euros.
Se llevará a cabo mediante la presentación de una tabla donde se especificarán las
obras efectuadas en los diez años anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de proposiciones, avalada por certificados de buena ejecución.
En dicha tabla, se señalarán expresamente aquellas obras de las que se aportan
los certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las
fechas de inicio y final de las obras, y el lugar de ejecución de las obras, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá
aplicar al ejecutar el contrato.
Se considera adecuado exigir además este medio de acreditación ya que el proyecto prevé la obtención de una certificación ambiental VERDE, otorgada por
el Green Building Council España (GBCe), para el edificio construido, dentro
de su categoría, con una puntuación mínima prevista de “2 hojas”.
Criterio de selección: El licitador deberá acreditar, en la fecha final de presentación de ofertas y en el momento de la perfección del contrato, tener implantado
en la empresa un Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales EMAS
(Eco-Management and Audit Scheme) o similar, así como la emisión del certificado por su correspondiente organismo emisor autorizado.
BOCM-20250130-39
Artículo 88, apartado 1.d):