Villarejo de Salvanés (BOCM-20250129-66)
Régimen económico. Régimen dedicación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 24
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250129-66
Exp. PLN/2024/13-Órgano colegiado: El Pleno.
Doña Isabel Sánchez Guerras, en calidad de secretario de este órgano, certifica:
Que en la sesión celebrada el 27 de diciembre de 2024 se adoptó el siguiente acuerdo:
Expediente 6133/2024. Determinación dedicaciones, retribuciones e indemnizaciones
mandato corporativo 2023-2027.
Tras el oportuno debate, se procede a votar el acuerdo que a continuación se transcribe, que se aprueba por 7 votos a favor, pertenecientes a Contigo y PP y 4 abstenciones, pertenecientes a PSOE:
Primero.—Podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con
derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, un cargo, siendo las
retribuciones anuales brutas, pagaderas en 14 mensualidades, y revisables anualmente, los
cargos siguientes:
Un concejal: 26,650,00 euros brutos/anuales.
Segundo.—El nombramiento de un miembro de la Corporación para los cargos indicados será realizado por resolución de Alcaldía, implicando la compatibilidad con el desempeño de las actividades públicas o privadas que cada uno de ellos haya reflejado en su
declaración de intereses respectiva, dentro de los márgenes que se establezcan legalmente.
Dicho nombramiento solo será efectivo si es aceptado por el concejal de que se trate,
debiendo darse cuenta al Pleno de la citada aceptación, siendo efectiva la resolución desde
el día en que se produzca la misma.
Tercero.—El régimen de dedicación mínima en el caso de las dedicaciones exclusivas
será de 7:30 horas todos los días laborables, de lunes a viernes, sin perjuicio de los viajes
que fuera necesario que los concejales realicen en el desempeño de sus funciones.
Cuarto.—Dar de alta en el Régimen de la Seguridad Social, con todas las contingencias asociadas, a los miembros de la Corporación que desempeñen tales cargos en régimen
de dedicación exclusiva y parcial, asumiendo el Ayuntamiento el pago de las cuotas empresariales que correspondan, a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Quinto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del presupuesto general en vigor, autorizándose de acuerdo con lo dispuesto
legalmente y, de ser preciso, realizar las modificaciones presupuestarias para poder habilitar las aplicaciones presupuestarias correspondientes en el estado de gastos para poder hacer frente a las obligaciones derivadas del presente acuerdo.
Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su general conocimiento.
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con
el V.o B.o de alcalde-presidente, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
Villarejo de Salvanés, a 17 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/822/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 264
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B.O.C.M. Núm. 24
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250129-66
Exp. PLN/2024/13-Órgano colegiado: El Pleno.
Doña Isabel Sánchez Guerras, en calidad de secretario de este órgano, certifica:
Que en la sesión celebrada el 27 de diciembre de 2024 se adoptó el siguiente acuerdo:
Expediente 6133/2024. Determinación dedicaciones, retribuciones e indemnizaciones
mandato corporativo 2023-2027.
Tras el oportuno debate, se procede a votar el acuerdo que a continuación se transcribe, que se aprueba por 7 votos a favor, pertenecientes a Contigo y PP y 4 abstenciones, pertenecientes a PSOE:
Primero.—Podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con
derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, un cargo, siendo las
retribuciones anuales brutas, pagaderas en 14 mensualidades, y revisables anualmente, los
cargos siguientes:
Un concejal: 26,650,00 euros brutos/anuales.
Segundo.—El nombramiento de un miembro de la Corporación para los cargos indicados será realizado por resolución de Alcaldía, implicando la compatibilidad con el desempeño de las actividades públicas o privadas que cada uno de ellos haya reflejado en su
declaración de intereses respectiva, dentro de los márgenes que se establezcan legalmente.
Dicho nombramiento solo será efectivo si es aceptado por el concejal de que se trate,
debiendo darse cuenta al Pleno de la citada aceptación, siendo efectiva la resolución desde
el día en que se produzca la misma.
Tercero.—El régimen de dedicación mínima en el caso de las dedicaciones exclusivas
será de 7:30 horas todos los días laborables, de lunes a viernes, sin perjuicio de los viajes
que fuera necesario que los concejales realicen en el desempeño de sus funciones.
Cuarto.—Dar de alta en el Régimen de la Seguridad Social, con todas las contingencias asociadas, a los miembros de la Corporación que desempeñen tales cargos en régimen
de dedicación exclusiva y parcial, asumiendo el Ayuntamiento el pago de las cuotas empresariales que correspondan, a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Quinto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del presupuesto general en vigor, autorizándose de acuerdo con lo dispuesto
legalmente y, de ser preciso, realizar las modificaciones presupuestarias para poder habilitar las aplicaciones presupuestarias correspondientes en el estado de gastos para poder hacer frente a las obligaciones derivadas del presente acuerdo.
Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su general conocimiento.
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con
el V.o B.o de alcalde-presidente, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
Villarejo de Salvanés, a 17 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/822/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791