Navas del Rey (BOCM-20250129-52)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 24

MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025

Pág. 245

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO

Calendario del contribuyente para el ejercicio 2025, aprobado en sesión extraordinaria de Pleno del Ayuntamiento el 16 de enero de 2025.
CONCEPTO TRIBUTARIO
I.V.T.M.
B.I.C.E
I.B.I. URBANA

PLAZO DE COBRANZA
12 MARZO A 12 MAYO
14 MAYO A 14 JULIO

1ER PLAZO

14 MAYO A 14 JULIO

2º PLAZO

18 SEPTIEMBRE A 18 NOVIEMBRE

TASA BASURAS.

17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE

TASA VADOS.

15 JULIO A 15 SEPTIEMBRE

POSTES PUBLICIDAD

16 JULIO A 16 SEPTIEMBRE

VALLAS PUBLICIDAD

16 JULIO A 16 SEPTIEMBRE

I.B.I. RÚSTICA

18 SEPTIEMBRE A 18 NOVIEMBRE

I.A.E

18 SEPTIEMBRE A 18 NOVIEMBRE

BOCM-20250129-52

Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1. De reposición, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, dentro del
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Navas del Rey, a 17 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(01/817/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791