Galapagar (BOCM-20250129-46)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 24

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GALAPAGAR

Nombramiento miembros de la Junta de Gobierno Local.
Por Decreto de Alcaldía número 196/2025, de 15 de enero, la alcaldesa-presidente, D.a
Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:
Primero.—Cesar a D. Miguel Ángel Domínguez Gutiérrez como miembro de la Junta
de Gobierno Local.
Segundo.—Nombrar a D.a Paloma Lorenzo Murillo como miembro de la Junta de Gobierno Local, cuya composición quedará como sigue:
— Presidencia: D.a Carla Isabel Greciano Barrado (alcaldesa).
— Miembros (tenientes de alcalde): D. Ángel Camacho Lázaro, D. Ignacio Menéndez
Medrano, D.a Paloma Lorenzo Murillo, D. Román Robles Valadés, D.a Beatriz Gutiérrez Martínez, D. Javier Álvarez López y D. José Ángel Moreno Romero.
Tercero.—Los ceses y nombramientos serán efectivos desde el día 16 de enero de 2025,
debiendo notificarse a los interesados, y se presumirán aceptados de manera tácita salvo que
el interesado exprese de manera fehaciente su negativa a aceptar el nombramiento en los tres
primeros días hábiles desde su notificación.
Cuarto.—De esta resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que
se convoque y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el boletín oficial y
en el tablón edictal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del ROF. Asimismo, será notificada a los interesados para su aceptación, haciéndoles saber que,
Quinto.—Las referencias que contiene esta resolución a concretos preceptos de normas se entenderán hechas de manera automática a los preceptos de las normas que las modifiquen o sustituyan.
Sexto.—Infórmese a los interesados de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la LBRL, esta resolución pone fin a la vía administrativa; y de que contra esta
resolución se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que se deberá presentar dentro del
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que se deberá presentar en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior, podrán interponer cualquier reclamación o recurso que estimen pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Galapagar, a 16 de enero de 2025.—La alcaldesa-presidente, Carla Isabel Greciano
Barrado.
(03/829/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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