B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250127-7)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador, se publica la relación de plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 22

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que
se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los
aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el
acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador,
se publica la relación de plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio de 2018) se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del
Servicio Madrileño de Salud.
Mediante diversas Resoluciones (de 5 de octubre de 2022, de 11 de mayo de 2023, de 15
de enero de 2024, 30 de diciembre de 2024) se han ido declarando que ha superado el proceso, aspirantes que posteriormente por renuncia expresa o tácita, no tomaron posesión de la plaza asignada, perdiendo con ello los derechos derivados de su participación.
La base 8.7 de la convocatoria establece que, no obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por
puntuación a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
La necesidad de finalizar los procesos pendientes como consecuencia de la suspensión
de los plazos de los procedimientos por la pandemia del COVID 19 y por el proceso extraordinario de estabilización, conlleva que esta administración adopte las medidas oportunas
para abreviar trámites y plazos y pueda finalizar la respectiva convocatoria, adjudicando todas las plazas a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, de conformidad con
uno de los principios rectores de los procedimientos, el de agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección (artículo 55.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre y el artículo 31.8 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del
Personal Estatutario de los Servicios de Salud).
La base 8.3 de la convocatoria establece que la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Resolución por la que se hace pública la relación de
plazas convocadas, así como la fecha y el procedimiento para la elección de las mismas. En
esta resolución se determinará la forma para la presentación de la documentación requerida
en la base novena. La elección de plazas se prevé que se realice por los aspirantes exclusivamente de forma electrónica. No obstante, el apartado 4 del artículo 5 del Decreto 188/2021,
de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse
por medios electrónicos con la administración de la Comunidad de Madrid del personal a su
servicio y de los participantes en procesos selectivos, permite que Por causas excepcionales
debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo
proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones.
Considerando que los procesos selectivos para la cobertura de plazas de estabilización, incluidas en las Ofertas de Empleo Público, que han sido aprobadas en el marco de los procesos
de estabilización de empleo temporal previstos en el artículo 19.1.6 de la Ley 3/2017, de 27 de
junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.1.9 de la Ley 6/2018, de 3
de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, deberían estar resueltas y finalizadas antes del 31 de diciembre de 2024, se procede a establecer la elección presencial de

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