C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250127-15)
Concesión subvenciones – Orden de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022 mediante Orden 3608/2022, de 19 de octubre de 2022
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BOCM
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 22
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
15
ORDEN de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro
de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler
de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022 mediante Orden 3608/2022, de 19 de octubre de 2022.
Por Orden del 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se reconoce la condición de beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022, con indicación del número
de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden 3608/2022
de 19 de octubre de 2022, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos,
DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.
Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y constatando que el importe efectivamente justificado es inferior al importe de concesión reconocido en la Orden 6 de noviembre de 2023, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 13 y 15 de la Orden 3608/2022 de 19 de octubre de 2022, por la
que se convocan subvenciones para el año 2022 al alquiler de vivienda previstas en el Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
DISPONGO
Primero
Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención reconocida, en determinadas cuantías, de los beneficiarios que se incluyen en el listado que será publicado en la en
la sede electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ , con indicación de la cantidad dejada de percibir.
Segundo
Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.
Tercero
BOCM-20250127-15
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de diciembre de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.
(03/568/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 27 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 22
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
15
ORDEN de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro
de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones al alquiler
de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022 mediante Orden 3608/2022, de 19 de octubre de 2022.
Por Orden del 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se reconoce la condición de beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2022, con indicación del número
de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden 3608/2022
de 19 de octubre de 2022, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos,
DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.
Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y constatando que el importe efectivamente justificado es inferior al importe de concesión reconocido en la Orden 6 de noviembre de 2023, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 13 y 15 de la Orden 3608/2022 de 19 de octubre de 2022, por la
que se convocan subvenciones para el año 2022 al alquiler de vivienda previstas en el Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
DISPONGO
Primero
Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención reconocida, en determinadas cuantías, de los beneficiarios que se incluyen en el listado que será publicado en la en
la sede electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ , con indicación de la cantidad dejada de percibir.
Segundo
Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.
Tercero
BOCM-20250127-15
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de diciembre de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.
(03/568/25)
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