Torres de la Alameda (BOCM-20250123-56)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 19

JUEVES 23 DE ENERO DE 2025

Pág. 131

PLANTILLA PERSONAL 2025
FUNCIONARIOS
PUESTO

A1

A2

AG.PR

C1

Administrativo

C2

2

Arquitecto

2

2

2

Auxiliar Administrativo

11

Ayudante Biblioteca

1

Ingeniero

1

Interventor

1

TOTAL

11
1
1
1

Policía Local
Oficial Policia Local

19

19

1

1

Secretario

1

1

Técnico Administración General

2

2

Técnico Administración General Economista

1

1

Técnico de Gestión

4

4

Técnico General Bibliotecaria

1

1

Tesorera/o

1
TOTAL FUNCIONARIOS

9

1
5

1

22

11

48

PERSONAL LABORAL FIJO
PUESTO

A2

AG.PR

C1

Educador/a

C2

TOTAL

11

Limpiador/a

11

4

Maestra

4

1

1

Monitor

1

1

OFICIAL 1ª

1

POLMA

6

Polma Jardinería

1

POSI

9

Técnico Coord.Juv,

1

Técnico de Gestión. Informático

1

TOTAL LABORAL FIJO

1
6
1

2

11
1
1

3

21

11

3

38

PERSONAL LABORAL TEMPORAL
PUESTO

A2

AG.PR

AGPR

C1

Auxiliar Administrativo
Conserje de Mantenimiento

C2

TOTAL

2

2

1

1

Educador/a

5

5

Informador Juvenil/Admin.

1

1

Limpiador/a

3

3

Operario Limpieza

4

4

POLMA

2

2

POSI

3

3

Técnico de Gestión

1

TOTAL LABORAL TEMPORAL

1

1
12

1

6

2

22

RESUMEN PLANTILLA PERSONAL 2024
Funcionarios

48

Laborales fijos

38

Laborales temporales

22
0
TOTAL

108

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1, del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en
Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Torres de la Alameda, a 9 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, José Antonio
Blanco Heras.
(03/502/25)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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