Orusco de Tajuña (BOCM-20250123-49)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025
Pág. 119
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250123-49
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad, expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, modificación que consiste en la supresión del apartado c) del artículo 13.1 de dicha ordenanza, el
Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de enero de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica
de esta entidad ( dirección https://aytoorusco.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Orusco de Tajuña, a 14 de enero de 2025.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/504/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 19
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JUEVES 23 DE ENERO DE 2025
Pág. 119
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AYUNTAMIENTO DE
49
ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250123-49
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad, expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, modificación que consiste en la supresión del apartado c) del artículo 13.1 de dicha ordenanza, el
Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de enero de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica
de esta entidad ( dirección https://aytoorusco.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Orusco de Tajuña, a 14 de enero de 2025.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/504/25)
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