Meco (BOCM-20250123-46)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025
Pág. 103
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
MECO
Resolución 38/2025, de 10 de enero, por la que se atribuye la delegación de competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Considerando la resolución de Alcaldía 2563/2024, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2025), por la que se revocan por esta Alcaldía algunas de sus competencias en la Junta de Gobierno Local.
Estudiadas las necesidades de los diferentes departamentos municipales y la necesidad
de contar con una administración eficaz, eficiente, ágil y dirigida al ciudadano.
De conformidad con las competencias otorgadas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Atribuir la delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local:
1.o Las de gestión económica contempladas en artículo 21.1.f) de la LRBRL, con los
siguientes términos:
a) Concertar operaciones de Tesorería entre 30.050,61 euros y el 15 % de los recursos ordinarios del presupuesto aprobado.
o
2. Las competencias como órgano de contratación en contratos administrativos, privados y de naturaleza patrimonial cuya competencia este atribuida al alcalde de conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, excepto en los expedientes de contrato menor.
3.o Las de aprobación de Planeamiento de desarrollo de forma inicial y las de Gestión urbanística contempladas en el artículo 21.1.j) de la LRBRL.
4.o La de concesión de licencias municipales de obras en las que se exija para su tramitación, proyecto técnico, en base al artículo 21.1.q) de la LRBRL.
5.o La de concesión de licencias de actividad de conformidad con lo recogido en la
Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades recreativas y los Informes ambientales de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
6.o El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de competencia de alcaldía, de conformidad con el artículo 21.1.k)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
7.o El reconocimiento extrajudicial de facturas con existencia de dotación presupuestaria.
8.o La aprobación de la Oferta de Empleo Público.
Aprobación de las certificaciones de los contratos de obras.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a los miembros de la Junta de Gobierno Local y dar traslado a los distintos departamentos municipales.
Tercero.—Publíquese el presente acuerdo en el tablón de anuncios alojado en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Meco y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución en el próximo Pleno.
Meco, a 10 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/528/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250123-46
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Pág. 103
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
MECO
Resolución 38/2025, de 10 de enero, por la que se atribuye la delegación de competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Considerando la resolución de Alcaldía 2563/2024, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2025), por la que se revocan por esta Alcaldía algunas de sus competencias en la Junta de Gobierno Local.
Estudiadas las necesidades de los diferentes departamentos municipales y la necesidad
de contar con una administración eficaz, eficiente, ágil y dirigida al ciudadano.
De conformidad con las competencias otorgadas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Atribuir la delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local:
1.o Las de gestión económica contempladas en artículo 21.1.f) de la LRBRL, con los
siguientes términos:
a) Concertar operaciones de Tesorería entre 30.050,61 euros y el 15 % de los recursos ordinarios del presupuesto aprobado.
o
2. Las competencias como órgano de contratación en contratos administrativos, privados y de naturaleza patrimonial cuya competencia este atribuida al alcalde de conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, excepto en los expedientes de contrato menor.
3.o Las de aprobación de Planeamiento de desarrollo de forma inicial y las de Gestión urbanística contempladas en el artículo 21.1.j) de la LRBRL.
4.o La de concesión de licencias municipales de obras en las que se exija para su tramitación, proyecto técnico, en base al artículo 21.1.q) de la LRBRL.
5.o La de concesión de licencias de actividad de conformidad con lo recogido en la
Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades recreativas y los Informes ambientales de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
6.o El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de competencia de alcaldía, de conformidad con el artículo 21.1.k)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
7.o El reconocimiento extrajudicial de facturas con existencia de dotación presupuestaria.
8.o La aprobación de la Oferta de Empleo Público.
Aprobación de las certificaciones de los contratos de obras.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a los miembros de la Junta de Gobierno Local y dar traslado a los distintos departamentos municipales.
Tercero.—Publíquese el presente acuerdo en el tablón de anuncios alojado en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Meco y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución en el próximo Pleno.
Meco, a 10 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/528/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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