Madrid (BOCM-20250121-47)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025

Pág. 219

BOCM-20250121-47

El importe máximo de las subvenciones según la línea de ayuda, el mínimo subvencionable y los porcentajes aplicables se regulan en el apartado 8 de la convocatoria.
Se consideran subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios desde
el 1 de mayo del año 2024 hasta el 30 de abril del año 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 28 de febrero de 2025, ambos días incluidos.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado por la presente convocatoria serán respectivamente
la Dirección General de Economía y el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en virtud de las competencias delegadas que se especifican en el acuerdo de 29 de
junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Séptimo. Publicación.—La resolución definitiva se publicará en el “Boletín Oficial
del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento
( https://sede.madrid.es ) de conformidad con el artículo 45 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha
publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos. Igualmente se dará
publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Octavo. Justificación y pago de la subvenciones.—Se regula la justificación y el
pago de las subvenciones en el apartado 19 de la convocatoria.
Madrid, a 26 de diciembre de 2024.—La delegada del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Engracia Hidalgo Tena.
(03/455/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791