B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO “NIÑO JESÚS” (BOCM-20250121-9)
Convocatoria puesto – Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Dirección-Gerencia del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Medicina Física y Rehabilitación en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
Pág. 37
con carácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los
cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el periodo precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
4. Si el/la facultativo/a designado/a estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante
Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recursoalzada-sanidad
Dado en Madrid, a 26 de diciembre de 2024.—El Director de Gestión y SS. GG., por ausencia del Director-Gerente (Resolución de 12 de junio de 2018, D. G. RR. HH. y RR. LL.
SERMAS), Jesús Martín Lázaro.
ANEXO I
Para Jefe de Sección, la suma total del Baremo (100 puntos) equivale al 40 % de la
puntuación total (Baremo 40% y Proyecto Técnico de Gestión 60 %).
Formación universitaria:
— Título de Doctor: 3 puntos.
— Título de Doctor Cum Laude: 6 puntos.
Máximo en este apartado 6 puntos.
Formación especializada:
— Especialidad realizada por vía MIR: 4 puntos.
— Especialidad realizada por otra vía no MIR: 1 punto.
Máximo en este apartado 4 puntos.
Experiencia profesional:
— Por cada mes trabajado como Jefe de Servicio o Sección con nombramiento por concurso o por libre designación de la especialidad a la que se concursa: 0,3 puntos.
— Por cada mes trabajado como Adjunto o FEA en propiedad de la especialidad a la
que se concursa: 0,2 puntos.
— Por cada mes trabajado como Interino en la especialidad a la que se concursa 0,1
punto.
— Por cada mes trabajado en otra modalidad: 0,05 puntos.
Máximo en este apartado 20 puntos.
Estancias en el extranjero:
— Por cada mes ininterrumpido en un Hospital acreditado para la docencia en el extranjero: 1 punto.
BOCM-20250121-9
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
Pág. 37
con carácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los
cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el periodo precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
4. Si el/la facultativo/a designado/a estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante
Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recursoalzada-sanidad
Dado en Madrid, a 26 de diciembre de 2024.—El Director de Gestión y SS. GG., por ausencia del Director-Gerente (Resolución de 12 de junio de 2018, D. G. RR. HH. y RR. LL.
SERMAS), Jesús Martín Lázaro.
ANEXO I
Para Jefe de Sección, la suma total del Baremo (100 puntos) equivale al 40 % de la
puntuación total (Baremo 40% y Proyecto Técnico de Gestión 60 %).
Formación universitaria:
— Título de Doctor: 3 puntos.
— Título de Doctor Cum Laude: 6 puntos.
Máximo en este apartado 6 puntos.
Formación especializada:
— Especialidad realizada por vía MIR: 4 puntos.
— Especialidad realizada por otra vía no MIR: 1 punto.
Máximo en este apartado 4 puntos.
Experiencia profesional:
— Por cada mes trabajado como Jefe de Servicio o Sección con nombramiento por concurso o por libre designación de la especialidad a la que se concursa: 0,3 puntos.
— Por cada mes trabajado como Adjunto o FEA en propiedad de la especialidad a la
que se concursa: 0,2 puntos.
— Por cada mes trabajado como Interino en la especialidad a la que se concursa 0,1
punto.
— Por cada mes trabajado en otra modalidad: 0,05 puntos.
Máximo en este apartado 20 puntos.
Estancias en el extranjero:
— Por cada mes ininterrumpido en un Hospital acreditado para la docencia en el extranjero: 1 punto.
BOCM-20250121-9
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES