D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250121-41)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una línea de alta tensión 220 kV ubicada en Avenida de Brasilia, entre la ST Manuel Becerra y ST Prosperidad, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A.
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

MARTES 21 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 17

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de
18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía
y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior;
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección,
responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para
la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en
relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008,
de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la instalación de una línea de alta
tensión 220 kV en Avenida de Brasilia, entre la ST Manuel Becerra y ST Prosperidad del
término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:
REFERENCIA LÍNEA

UTM ORIGEN X - Y

LONG. (m)

ACTUACIÓN

UTM FINAL X - Y

T. Serv. (kV)

Nº C.

1

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2023P76 ULE14267

443957

4476162

1475

NUEVA

443479

4477135

220

SUBTERRÁNEA

0/RHZ1-2OL (S) 127/220 kV 1x2000 KCU+H250.

El trazado de la línea ULE14267 discurrirá entre las subestaciones ST Manuel Becerra (04USE005-USE23) y ST Prosperidad (50SE220/15-USE12), íntegramente por
suelo urbano consolidado, y la mayor parte por canalización hormigonada bajo tubo, salvo en las entradas a ambas subestaciones, donde se utilizarán las galerías existentes.

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la

BOCM-20250121-41

Segundo